Principales dirigentes y militantes del disuelto Partido Ecologista Verde ingresan a la Federación Regionalista Verde Social, luego de graves irregularidades cometidas por Félix González Gatica.

Por estos días dirigentes y militantes del disuelto Partido Ecologista Verde (PEV) definieron incorporarse a la Federación Regionalista Verde Social (FREVS) tras la pérdida de la legalidad de su Partido que obtuvo el 4,83% de la votación a nivel nacional de diputadas y diputados quedando a 0,17% (12.124 votos) del 5% a nivel nacional que se exigía para su continuidad, lo que lograron equipos de las regiones de Coquimbo 5,55%, Metropolitana 6,65%, Ñuble 6,62%, Biobio 11,38% y Los Lagos 5,71%.

Estos resultados se obtuvieron en el contexto de que la directiva nacional del PEV presidida por Félix González Gatica, Javier Guerrero Pellerano (Secretario General), Katherine Quiroz González (Vicepresidenta), Sofía Durán Escobar (Vicepresidenta) y Pablo Riveros Quiroz (Tesorero Nacional) enfrentaban graves acusaciones a través de distintos recursos y denuncias declaradas como ADMISIBLES tanto en el SERVEL, como en Tribunales ordinarios, a las que siendo notificados: se negaron a responder, o señalaron como «defensa» que a propósito de la pérdida de la legalidad del Partido no tiene sentido llevar a término los procesos legales por las dificultades de aplicar las sanciones a una institucionalidad que perdió su legalidad.

A estas acciones jurídicas externas se suman a lo menos otras 30 denuncias realizadas al tribunal supremo del PEV presidido entre 2019 – 2020 por Alfonso Belmar Rodríguez y compuesto por Nicole Jorquera y Pedro Urrea (debiendo tener 5 miembros) quienes durante su periodo, no dieron ni acuso de recibo a lo denunciado en contra de la directiva nacional, tanto de manera directa por militantes, ni tampoco, a lo menos de una denuncia derivada por competencias desde el Tribunal Electoral en relación a graves irregularidades en la elección de la misma directiva nacional. La elección del tribunal supremo en 2019 también se da a través de graves vulneraciones a la democracia y del funcionamiento del órgano intermedio colegiado del desaparecido PEV, el consejo nacional, y al término de su período en diciembre de 2019, se bloquea desde la directiva nacional la elección del nuevo tribunal supremo. En diciembre 2021 correspondían las nuevas elecciones de directiva nacional, consejo nacional y tribunal supremo, así como las de las directivas y consejos regionales que se postergaron desde diciembre de 2020, órganos que con nuevos integrantes darían curso a las investigaciones no realizadas que se refieren principalmente a mal uso de recursos públicos en relación a contrataciones, recepción y pago de boletas ideológicamente falsas, uso discrecional de recursos y bienes del Partido, abusos, injurias y calumnias en contra de militantes, entre otros temas. A propósito de la pérdida de la legalidad del Partido, se optó por suspender las nuevas elecciones, las que se podrían haber realizado igual, definiendo a un nuevo equipo que podría preparar la gestión de la inscripción de un nuevo Partido que diera continuidad al proyecto político, además de realizar las investigaciones y determinar las sanciones correspondientes a todas estás situaciones no investigadas, así como a la administración y las gestiones económicas vinculadas al término de la legalidad. Decisión que de manera nuevamente discrecional la directiva nacional omite, traspasando mediante un consejo nacional irregular los bienes del Partido hacia si mismos y proponiéndose nuevamente como directiva nacional para una posible nueva inscripción del Partido.

Para concretar este traspaso de bienes y recursos, al momento de la fusión que dio origen a la legalización del Partido en 2018, a propósito de la fusión del Partido Ecologista Verde y el Partido Ecologista Verde del Sur, 3 miembros de la directiva nacional: Félix González Gatica (Presidente), Javier Guerrero Pellerano (Secretario General) y Pablo Riveros Quiroz (Tesorero Nacional), realizan una serie de modificaciones a los Estatus del Partido Ecologista Verde (previo a la fusión) que incluyen en su artículo 36: «En caso de disolución del Partido o cualquier otra causa que implique el término de sus actividades, el Órgano lntermedio Colegiado podrá disponer libremente de toda clase de bienes, inclusive raíces, los que podrán traspasarse con la sola firma del Presidente, del Secretario General y del Tesorero…». Por lo que la pérdida de legalidad del Partido les permitió evadir las investigaciones y administrar la distribución de todos los bienes y recursos acumulados a lo largo de los años, luego de su determinación de perder, cual «gambito» la continuidad de la legalidad del Partido Ecologista Verde y todo el trabajo detrás y las oportunidades que esta otorgaba a sus militantes y a la Ecología Política nacional, sacrificando el interés del colectivo y público, en función de sus beneficios personales de no responder a las investigaciones y eventuales sanciones a la vez que repartirse los bienes y recursos adquiridos por el Partido desde 2008, fecha desde la cual los bienes y recursos se traspasaban al Partido nuevamente inscrito, como ocurre en la fusión señalada de 2018. Acto que en los hechos, ni siquiera contó con la disposición de consejeras y consejeros nacionales, como estaba dispuesto en los Estatutos.

Esta definición y estrategia de perder la legalidad la estructura la directiva nacional señalada a través de dos ejes: eliminando la oportunidad de obtener la votación correspondiente en 3 regiones continuas, la alternativa más «fácil» y que en general asegura la continuidad, y afectando la votación general nacional que en esta oportunidad con el amplio éxito de candidaturas en la Región Metropolitana y la inscripción de más regiones, tenía excelentes posibilidades también.

Respecto a las regiones continuas hacia el norte, se decide no inscribir la V Región de Valparaíso que concentra el mayor número de los conflictos socio-ambientales de nuestro País, esta decisión se concreta a propósito de la no recepción por parte del Secretario General de las fichas obtenidas por equipos de militantes voluntarios: formalmente Javier Guerrero rechaza las fichas obtenidas por está vía y amenaza con seguirlo haciendo en caso de reunir más, y explica este rechazo en función de solo llevar un proceso de inscripción con personas contratadas por la directiva nacional para dicho fin, que en la práctica no cumplieron la tarea por la que se les pago o más bien cumplieron el objetivo de tras 4 años de instalación en la Quinta Región a propósito de ser la sede del congreso lograr evitar que esta fuera inscrita, además de estas acciones «administrativas» realizaron acciones de agresiones y ostigamiento en contra de dirigentas de la Región interesadas en complementar su activismo con un desarrollo político basado en la estructura del desaparecido PEV; mientras que hacia el sur, donde el PEV ya estaba inscrito la estrategia directa fue no presentar candidaturas de manera estratégica en la Región de Los Ríos, la cual durante este período de 4 años contó con una sede y con financiamiento para sus actividades, candidaturas a Alcaldes y Concejales, sin embargo, no presenta Ecologistas a la Diputación en el Distrito 24, protegiéndose de esa manera de la posibilidad de mantener la legalidad por dicha vía y la obtención de los votos de las bases y los adherentes del territorio. En lo concreto bloqueando la capacidad o la estrategia de conseguir la votación en 3 regiones continuas.

En relación a la votación general a nivel nacional está se buscó disminuir con dos estrategias, sumar a no llevar candidaturas en Los Ríos donde en CORES se obtuvo el 4,26%, no llevar ninguna candidatura en la Región de Magallanes, legalmente inscrita por el Partido y una de las regiones más ECO-Socialmente activa y organizada del País; Y por otro lado bajar las candidaturas que aportaban mayor votación como la de la ex-candidata a gobernadora de la Región Metropolitana y activista por el agua: Nathalie Joignant quien obtuvo 391.741 votos pocos meses antes, 71.097 de los cuales obtuvo en el Distrito 12, al cual definió representar, candidatura que junto con otras candidaturas estratégicas con trabajo territorial y partidario, para la Región Metropolitana y el PEV, fueron vetadas irregularmente y de manera discrecional por la directiva nacional. Esto último una de las situaciones denunciadas y declarada ADMISIBLE por Tribunales. Si bien son elecciones diferentes los 71.097 de Nathalie en el Distrito 12 se acercaban a los (inesperados) 77.136 de Pamela Jiles quien aseguró 3 diputaciones para el Partido Humanista, la presencia de Nathalie en la papeleta también era un riesgo de cumplir con el requisito de 4 diputaciones, situación que también aseguraba la continuación del PEV y de las investigaciones y eventuales sanciones en contra de los miembros de la directiva nacional. Esta situación de las 4 diputaciones también se podría haber conseguido a través de Pactos, como ocurrió con Apruebo Dignidad, sin embargo, para esta última alternativa, si bien existía una intención mayoritaria de enfrentar las elecciones con los Partidos Humanista e Igualdad, como se había hecho históricamente. Solo considerando el % que hubiera votado nuevamente por Nathalie de los 71.097 votos es realista pensar que se hubiera obtenido al menos los 12.124 votos que aseguraban la continuidad del PEV.

Para visibilizar aún más la situación la votación nacional del PEV de 4,83%, fue superior a la de Convergencia Social (CS) 4,54%, Partido Demócrata Cristiano (PDC) 4,19%, Revolución Democrática (RD) 4,07%, Partido por la Democracia (PPD) 4,19%, Evópoli 3,5%, Partido Liberal (PL) 1,25% y Partido Radical (PR) 1,76% de los votos.

Por último señalar que como antecedente pesé a la cercanía de cumplir con la legalidad se opto por no realizar ninguna gestión para recuento de votos, o consideraciones por parte de los distintos organismos, ni se organizaron asambleas ni otros espacios para informar y coordinar acciones de continuidad. Por el contrario se cancelaron tempranamente los arriendos y gestiones de todo lo posible para acumular en «dinero» los recursos que el PEV siguió recibiendo durante los últimos meses de su existencia.

¿Cómo la directiva nacional del Partido Ecologista Verde (PEV), contraria a los intereses, trabajo y motivaciones de su militancia y de su orgánica logró instalar una agenda para perder su legalidad en orden de evitar ser sancionada e investigada por causas ADMISIBLES y a la vez poder repartir de manera discrecional los bienes del Partido una vez disuelto? Eso es lo que te contaremos a continuación.

Quienes desarrollan este relato lo hacen en virtud de tres propósitos generales: la difusión en virtud de que las acciones acá relatadas han sido efectuadas por personas que administran recursos públicos, y consideran importante que sean los propios partidos quienes pongan a disposición de la ciudadanía las irregularidades de quienes utilizan sus estructuras, y con los recursos que el Estado les aporta a los Partidos, por un lado, y también para el gran grupo de militantes del PEV que si bien se inscribieron en el Partido (más de 13000 personas), no tienen conocimiento de las situaciones aquí señaladas, así como tampoco de que los recursos que el Estado otorga para que las campañas y las actividades territoriales cuenten con financiamiento que no se les entrega, y se administra con otros fines e intereses. Estás prácticas irregulares tristemente no son exclusivas del PEV, y este relato puede servir para motivar a militantes de otras colectividades a actuar haciendo sus respectivas denuncias, así como también levantar banderas de ALERTA a propósito de la oportunidad de la Convención Constitucional de crear una superintendencia de partidos políticos o una estructura administrativa capaz de fiscalizar y regular la utilización de estos espacios de participación y de inversión de recursos públicos como plataforma para otros fines e intereses, en última instancia para contribuir a la comprensión de una serie de demandas, recursos de protección y solicitudes de transparencia actualmente en proceso, para quienes sea de interés, para periodistas, investigaciones y medios de comunicación, eventualmente para motivar otras publicaciones sobre estás situaciones, así como a revisarlas en otros partidos y escenarios.

Además quienes comparten esta información deciden iniciar un nuevo camino ingresando masivamente a la Federación Regionalista Verde Social con el objetivo de FORTALECER un espacio abierto a la unidad y coordinación política partidista para potenciar a los movimientos Socio-Ambientales, quienes producto del actuar de la directiva nacional del PEV se excluyeron sistemáticamente y en muchos territorios de manera antagonista con un proyecto que utiliza sus motivaciones como capital electoral y oportunidad de enriquecimiento individual para quienes sostienen y pertenecen a su directiva nacional. El presente texto permite aclarar que estás 10 personas que concentraron el poder no corresponden a los liderazgos del PEV ni mucho menos a los 13.000 militantes que firmaron en distintos momentos por dicha colectividad y trasmitir a la ciudadanía las situaciones que llevaron a sumarse al trabajo de construir una plataforma partidaria para sumar a los desafíos socio-ambientales de Chile en la Federación Regionalista Verde Social. También para alertar a la ciudadanía en relación a que aprovechando su reelección como Diputado, el mismo González, quiera repetir su lucrativo ejercicio de los últimos cuatro años y convoque para una nueva inscripción de un partido a personas que desconozcan su actuar y caigan en su negocio que utiliza el nombre de Ecologista.

Les Verdes, las y los Ecologistas Verdes creemos que en Chile debemos avanzar en confluir en una propuesta Política de motivación ECO-Humana, Cooperativista y Regenerativa poniendo al Buen Vivir como alternativa a las propuestas políticas actuales respecto de las cuales much@s se consideran ajen@s, y forzad@s a decidir entre «un mal menor». Creemos en una nueva ideología que logre en la práctica que sin avanzar en la pérdida de la naturaleza y la salud, todas las personas puedan «llegar a fin de mes». El proyecto que busca ese objetivo e incluye en su militancia la afinidad con la Ecología Política es la Federación Regionalista Verde Social. Es desde donde podemos construir alternativas reales de poder político para concretar necesarios cambios.

Considerando el tiempo necesario para leer este extenso relato los elementos más relevantes se incluirán en los primeros dos párrafos, los que luego se desarrollarán en detalle, para quienes tengan el interés. Además este artículo se acompaña de una carpeta con los antecedentes que respaldan cada una de las situaciones enunciadas. Te invitamos a compartir esta información, con tod@s a quienes les pueda interesar.

En ECOHERENTES publicamos este relato, principalmente porque estas situaciones no son acogidas ni difundidas por la prensa, a la vez que la capacidad de SERVEL de fiscalizar y sus herramientas para sancionar este tipo de situaciones son insuficientes, ambas condiciones que FACILITAN que quienes dirigen los partidos, puedan actuar de espaldas a sus militantes privilegiando sus intereses patrimoniales monetarios lo que va acompañado de la necesidad y la capacidad de bloquear a quienes están disponibles para renovar la política en orden de dar continuidad a su NEGOCIO «FAMILIAR». Creemos como revista electrónica de difusión que este aspecto menos «ESTRUCTURAL» ha tenido un gran protagonismo en la actual crisis de nuestras Instituciones, esperamos contribuir a esta arista del análisis y la reflexión para el nuevo sistema político de Chile y a la vez colaborar con Ecologistas que esperan a la luz de los hechos, motivar a la investigación de estas personas y sea regulado el uso de los recursos públicos que reciben como representantes para utilizarlos en su proyecto de abusar, hacer daño y enriquecerse sin generar riqueza ni beneficio a nuestra sociedad y la Naturaleza en que esta se sostiene.

Los detalles siguientes se centran en poner luz a la oscuridad del proceso que llevó al término de la legalidad del PEV en 2022, solamente, la nueva etapa de las y los Ecologistas Verdes en la Federación Regionalista Verde Social, brilla por si sola.

Los elementos principales: Félix González Gatica ha recibió más de 30 denuncias a propósito de prácticas irregulares y contrarias a los Estatutos del Partido y del Buen Vivir, estas denuncias corresponden tanto a militantes del Partido como a lideresas y líderes de organizaciones socio-ambientales que buscaron a propósito de contactar al Partido el poder contener las acciones agresivas y contrarias a los objetivos socio-ambientales que ha frecuentemente cometido durante los últimos 5 años. Estas denuncias se han dirigido como corresponde al Tribunal Supremo del Partido, que producto de una elección irregular quedo presidido por Alfonso Belmar Rodríguez, ex-candidato a Senador por la Región de Los Lagos y vinculado a Félix a propósito del quebrado pre-universitario CAMPUS, ubicado en la misma dirección que su oficina parlamentaria (la oficina parlamentaria que paga el arriendo más alto de la Región del Bío-bío), como presidente del Tribunal Supremo Belmar no respondió a ninguna de las acusaciones presentadas contra «su socio», sin siquiera acusar recibo, pese a que en su mayoría se enviaron con copia a diferentes espacios de SERVEL, durante el período entre 2019 y 2020 incluso el propio Tribunal Electoral le ordenó investigar irregularidades de la elección de González a lo que tampoco se respondió; luego de terminado el periodo de Belmar, Félix bloqueo la elección del nuevo Tribunal Supremo, en relación a que nadie, más allá de quienes dependen de los sueldos que entregó a propósito de los recursos del partido y de la diputación (ambas definiciones que tomó de manera personal y discrecional) lo apoyó y su «socio» Belmar no sería reelecto y un nuevo Tribunal Supremo lo sancionaría por la gran mayoría de las más de las bien documentadas denuncias, eventualmente por todas ellas. En ese escenario se han llevado las denuncias a otros tribunales y la respuesta es siempre la misma: Esa situación debe ser resuelta por el Tribunal Supremo del Partido, y durante sus últimos 2 años, no existió ningún pronunciamiento del SERVEL, ni de otro organismo respecto de la inexistencia del Tribunal Supremo, lo que es totalmente opuesto a la Ley de Partidos Políticos. Siendo el actuar de estas personas reincidente, en 2014, el SERVEL mediante un oficio multó al PEV y su administrador electoral a propósito de boletas que fueron rechazadas, boletas que fueron emitidas entre otros por Félix González, su cónyuge Raquel Rebolledo y Alfonso Belmar.

¿Cómo Félix administró los recursos? en 2017, cuando para postularse a Diputado, tuvo que renunciar a su cargo de CORE en Concepción, luego de lo cual en Maipú, a través del Concejal Gonzalo Ponce llegó a un acuerdo con la Alcaldesa Catherine «Cathi» Barriga para que lo contrara a él (un asesor del Bío-Bío en Maipú) y a Pablo Riveros Quiróz tesorero del PEV y amigo de confianza de Gonzalo con recursos de la Municipalidad de Maipú. A propósito de dicho «apoyo» su relación se fue estrechando lo que le permitió manejar de manera discrecional el presupuesto del Partido definiendo el uso de sus recursos tanto para la contratación con recursos del Partido, el arriendo de propiedades, los pagos por servicios y los recursos asignados para campañas a través del «anticipo fiscal» con el cual concentró para su elección en 2017 más de $80.000.000 de los recursos del Partido en su lista. Una vez electo y luego de asumir sus funciones, en 2018, aprovechando la fusión del Partido Ecologista Verde con el Partido Ecologista Verde del Sur, que dió continuidad legal al Partido, González aprovechó de cambiar evitando la vía democrática: El Tribunal Supremo, sacando a las personas no dependientes de él, la Directiva Nacional del Partido eligiendo a sus funcionari@s del Parlamento como nueva Directiva, y cambiando los Estatutos del Partido en varios aspectos entre los que destacan: el aumento del período de ejercicio de la Directiva Nacional, el control central del Padrón del Partido quedando este dependiente de la Secretaria General, en vez de las Directivas Regionales, el control de la Citación y de la Tabla del Concejo Nacional por el Presidente del Partido, él, y lo más impresionante: La capacidad en caso de que el Partido pierda la Legalidad de repartir los bienes del Partido de manera discrecional sólo con las firmas del Presidente del Partido (él), el Tesorero del Partido: Pablo Riveros Quiróz, de la comuna de Maipú, y ex-candidato a Senador por la región del Bío-bío, sin haber residido en la Región, quien durante esos años fue funcionario de la Municipalidad de Maipú y simultáneamente asesor de su Bancada en el Parlamento y del Secretario General: Javier Guerrero Perellano, ex-concejal por San Pedro de la Paz, funcionario de la Diputación, y el Candidato a la Convención Constitucional que recibió el mayor aporte del Partido en las elecciones pasadas y pese a ello, resultó en el sexto lugar de su lista. Este uso discrecional de los recursos otorgados por el anticipo para las campañas es CENTRAL en la trama, ya que explica el que no se usará la totalidad del anticipo en las elecciones pasadas y nuevamente no se usaran la totalidad de los recursos del nuevo anticipo para estás elecciones a la vez que dejara fuera a las candidaturas más competitivas y no se llevará ninguna candidatura en Regiones Inscritas como la Región de Magallanes. En las elecciones de diputadas y diputados los Partidos Políticos se jugaban la legalidad y la continuidad como organizaciones, la que se asocia a un importante apoyo en términos del presupuesto que se recibe desde el Estado. ¿Por qué Félix no puso TODOS los recursos del Partido en las campañas para evitar que el Partido perdiera su legalidad? la mejor explicación es que no le interesaba que se cumpliera ese objetivo, y centro los recursos casi exclusivamente en la publicidad hacia su campaña totalmente desproporcionada y discrecionalmente a las otras campañas, pesé a haber contado con el TOTAL Rechazo del mundo ecologista y ambientalista, más después de que contrario a todas las solicitudes de la sociedad civil organizada contra el proyecto de Dominga, insistió con su propuesta de plebiscito para aparecer en la prensa, acción que se logro detener y puso en peligro la capacidad de bloquear el proyecto; y si bien logró una alta votación, esta se vínculo a un discurso vacío de Ecología Política centrado en el lugar común de las acusaciones constitucionales a Piñera y el cuarto retiro, ambos elementos que no permiten ninguna crítica, a la vez que no aportan en su incapacidad de convocar mayorías para hacerlos realidad.

El tercer y último elemento principal: el bloqueo de los liderazgos ecologistas, durante sus últimos 4 años, Félix acosó y ninguneo y bloqueo a tod@s l@s activistas que apostaron por el PEV como su plataforma, para evitar la fuerza y fiscalización que implica tener liderazgos alternativos a su patriarcado en el Partido. El éxito del mundo socio-ambiental en la convención constitucional fue el más alto y la Bancada Eco-constituyente fue el espacio más masivo, sin embargo, así como estuvo ausente en la COP26 y sus temáticas el PEV no sólo no tuvo ningún convencional electo, tampoco tuvo ningún acercamiento con convencionales ni se sumo a participar de la co-construcción política más importante a nivel nacional (claro, ahí no había $ a repartir con «los chiquillos»). En este contexto lo más impresionante fue la persecución a la ex-Candidata a Gobernadora, y tercera mayoría de la RM: Nathalie Joignant.

En relación al cariño de la gente, sus vínculos con el mundo socio-ambiental, su trabajo como activista en la defensa del Agua, entre otros atributos, que incluyen la más alta votación en la historia de la Ecología Política de Chile con 390.542 votos superando por primera vez en 18 años la votación histórica de 387.102 votos de Manfred Max-Neef en su candidatura presidencial, Nathalie es el liderazgo más importante tanto en la interna del Partido como en los medios de comunicación. Su candidatura a la Gobernación, su primera incursión en la Política, y participación en un Partido Político, formaba parte de un proyecto que avanzaba hacia una candidatura a Diputada, que dado el éxito electoral, podría también considerarse una opción Senaturial, así como la oportunidad de aumentar la presencia del PEV en los medios de comunicación y su relevancia en la política Nacional. ¿Cómo se entiende su ausencia en las próximas elecciones? luego de definir su intención de postular como Candidata a Diputada por el Distrito 12, y presentar su postulación cumpliendo con forma y fondo. Por indicación directa de Félix González Gatica, L@s Concejer@s Regionales de la Región Metropolitana Gonzalo Ponce (mejor amigo del Candidato a Senador por el Bío-bío de Maipú: Pablo Riveros Quiróz) y Deborah Carvallo (Pareja de Pablo Riveros Quiróz y sancionada por el Tribunal Regional por grave acoso y agresiones hacia otra compañera del Partido) optaron por «Omitir» la candidatura de Nathalie, por una serie de argumentos difusos e insostenibles que terminaron por ser sancionados por el Tribunal Regional con el término de sus funciones como concejer@s regionales, por no respetar ninguno de los elementos señalados por los Estatutos, a propósito del bloqueo de la candidatura de Nathalie. En este contexto la decisión de Gonzalo y Deborah, quienes reconocieron actuaban a propósito de las indicaciones de Félix, llevo a la Asamblea Regional a apoyar la candidatura de Nathalie de manera UNÁNIME, lo mismo desde l@s Concejales elect@s en las comunas de la Región Metropolitana y la Directiva Regional, así como l@s representantes activ@s del Concejo Nacional, de la Región Metropolitana. El proceso de aprobación de las candidaturas en el PEV lo realiza el Concejo Nacional, a propósito de las listas presentadas por los Concejos Regionales, en este contexto Félix, convocó vía página web a un Concejo Nacional de manera presencial un día miércoles en la tarde, en Concepción, sin avisar por correo ni por celular a l@s Concejer@s Nacionales, ni ofrecerles apoyo para su viaje o estadía que facilitaran su participación, para asegurar poder respaldar sus decisiones con el mínimo de Concejer@s Regionales de Concepción que incluyen a Raquel Rebolledo, su conyuge, y a funcionarios que dependen directamente de él. Enterad@s de esta citación el martes en la noche y el mismo miércoles en la mañana, Concejer@s Nacionales de otras Regiones solicitaron participar de manera Remota, vía Zoom, lo que se les niega, no obstante tanto Félix González, como Javier Guerrero participan de manera remota y en dicha reunión logró asegurar su propia candidatura, y la de «sus chiquillos», no obstante quedaron candidaturas pendientes de aprobar, por lo que se cita a un nuevo Concejo Nacional para las 10 de la mañana del Domingo siguiente el día jueves. Ya atent@s a la web l@s Consejer@s Nacionales se coordinan para asistir el día Domingo, y Nathalie decide viajar el día sábado en la tarde desde Santiago a Concepción para conversar su situación irregular en el mismo Consejo Nacional, de manera presencial. Al llegar a la sede del Partido en un acto sin precedentes Félix González, Presidente del Partido y Diputado de la Republica se ubica en la entrada de la sede para físicamente bloquear el ingreso de la militante Nathalie Joignant, incluso para permitirle hacer uso del baño de la sede. Ahora con la participación de Concejer@s Nacionales de otras Regiones, y teniendo un apoyo minoritario, se logra modificar su lista original, no obstante a propósito de su «control» de la Tabla en otorgado por los Estatutos que modificó, no permite que Nathalie hable con el Concejo, ni que pesé a tener un apoyo mayoritario en el órgano colegiado, se apruebe su candidatura. La historia no termina ahí. Producto de la situación de las listas de no estar completas y la posibilidades de que algunas candidaturas no logren completar la documentación necesaria, el Concejo Nacional autoriza un mecanismo mediante el cual las Directivas Regionales con el respaldo de un/a Concejer@ Regional, un/a Concejer@ Nacional, podían organizar e incluir candidaturas que no se hubieran incorporado en el Concejo realizado el día domingo, y a propósito de dicho mecanismo la Directiva Regional de la Región Metropolitana en pleno, con el respaldo del Concejero Regional Juan Carlos Zurita y la Concejara Nacional Pilar Ogalde, aprueban la lista de las candidaturas de la Región Metropolitana incluyendo a Nathalie Joignant a la cabeza de la lista del Distrito 12. Contra cualquier respeto por la participación y las estructuras del colectivo, al día siguiente en la noche, al momento de inscribir las candidaturas en el SERVEL, Félix González no sólo eliminó la Candidatura de Nathalie, además eliminó las Candidaturas de Pilar Ogalde, Juan Carlos Zurita y de l@s Consejer@s Nacionales que apoyaron a Nathalie el día domingo. Presentando una lista definida por el mismo. Esta situación impresentable ha sido acogida a trámite como un recurso de protección sobre el que la justicia emitirá su veredicto en las próximas semanas. A la fecha de presentado este relato, Félix González no ha presentado ni argumentos, ni documentación para su defensa, respecto a las graves violaciones a los derechos de l@s militantes a quienes privó de sus derechos, incluso en listas donde había una sola candidatura.

¿Por qué Félix González bloqueó la candidatura de Nathalie Joignant, violando la ley de Partidos, los derechos de sus militantes y las resoluciones de la orgánica? En PEV Resistencia! reconocen no tener la respuesta definitiva, solo especulaciones, que incluyen un tema personal de envidia respecto del protagonismo y liderazgo natural y positivo de Nathalie; el tema de la transparencia total y probidad de la cuenta de su campaña, sin ningún espacio para transferir recursos públicos a Félix ni a «los chiquillos» de su directiva; un posible acuerdo con Pamela Jiles, la única Diputada con la que sostiene una relación en el Congreso, y el riesgo de la «abuela» de ser derrotada en el distrito 12, como fue derrotado el «abuelo» en la Gobernación; son las posibilidades que han considerado, no obstante, la principal teoría, apunta a la capacidad de en caso de perder la legalidad el PEV, Félix y «sus chiquillos» pueden disponer de los recursos del Partido, y la alta votación de Nathalie además de asegurar su elección hubiera logrado un segundo cupo en el Distrito 12, y su presencia en los medios facilitado la visibilización del PEV aumentando la posibilidad de tener un éxito electoral suficiente para dar continuidad a su legalidad.

Terminan las elecciones de 2017, una alegría acompaña los resultados en el Partido Ecologista Verde a propósito del éxito del Frente Amplio (en su momento más Amplio con El Partido Liberal, El Partido Humanista, Igualdad y una diversidad de Fuerzas que tenían en común la aspiración de una nueva forma de vivir la Política lejos del modelo de los últimos años del Duopolio), en la Región Metropolitana, casi el éxito de Irma Pérez y María José Jopia, en Bío-bío gracias al pacto con el Partido Huminista, y la Candidatura de Cristián Cuevas, Félix González es electo Diputado, el primer parlamentario del Partido Ecologista Verde. La alegría duró menos, que la versión Amplia del Frente Amplio. Luego de varios desencuentros y de descubrir que más de 2/3 de los recursos del Partido se habían concentrado de manera directa e indirecta en la candidatura de González, en desmedro de las otras candidaturas y otras situaciones a propósito de la construcción de las listas, y de un «error» legal a en la solicitud de recuento de votos de Irma Pérez, empiezan a mostrar actitudes del recientemente electo Diputado, que sorprenden a quienes no lo conocían. el verano fluye en el trabajo de inscribir el Partido Verde del Sur, con lo que llegamos a Abril, donde a propósito de la Fusión, y sin consulta a la militancia en unos concejos nacionales con mínima participación realizados con urgencia, se define un cambio de Estatutos, sin revisión, opinión ni votación por parte de la militancia, la modificación del Tribunal Supremo electo, excluyendo a los participantes de la Región Metropolitana y la modificación de la Directiva Nacional cambiándose la Directiva democráticamente electa por una nueva directiva formada por l@s funcionari@s de la Diputación, Félix González Gatica como Diputado se auto-designa como Presidente, Pablo Riveros Quiroz funcionario de la Bancada Parlamentaria y de la Municipalidad de Maipú como Tesorero, Javier Guerrero Perellano funcionario de la Diputación y Concejal (en ese momento) por San Pedro de la Paz como Secretario General, y las dos vicepresidencias del Partido por las otras funcionarias de la Diputación Katherine Quiróz Gonzalez y Sofía Durán Escobar. Desconociendo los procesos democráticos, se instala un Tribunal Supremo armado por González y una Directiva Nacional dependiente económicamente de él, en cargos de confianza.

La reacción de las Directivas Regionales, de los Consejos Regionales y del Consejo Nacional, fue inmediata: está situación no corresponde, hay que revisarla, a lo que Félix responde negando la existencia de las estructuras del Partido a propósito de que administrativamente, no existirían en los hechos, en el «nuevo» Partido Ecologista Verde que surge a propósito de la fusión. La situación empeora a propósito de la contratación, tanto para los cargos del Partido como la diputación, la realiza Félix en base a sus personas de confianza la mayoría de las cuales no habían realizado aportes ni participado en el Partido, sin ningún espacio para sus liderazgos históricos en la estructura. Sumado ha eso nos enteramos de que había sido contratado por la Alcaldesa de Maipú, Katherine «Kathi» Barriga, durante los meses previos a la elección, lo que no se había comentando en relación al compromiso Regionalista del Partido y con la Participación. A estás prácticas se agregan el rechazo de la militancia a su arriendo como sede parlamentaria de la propiedad vinculada al pre-universitario CAMPUS, del que participó por el arriendo más caro, de las oficinas parlamentarias en su Región, y el País, practica contraria y la búsqueda de austeridad como elemento característico del actuar de la Política Verde y la negativa a aportar al Partido parte de sus ingresos como Diputado, de la forma en que se había comprometido y que lo hacían l@s Diputad@s elect@s de las otras colectividades del Frente Amplio, mism@s que habían recibido un aporte sustencialmente menor, que el que Félix se había auto-asignado para su campaña.

En ese contexto, de centralización de los recursos y las determinaciones del Partido, se intenta avanzar a propósito del diálogo a lo que se rehusa sistemáticamente, por lo que como Militantes del Partido, ya asumiendo que nuestra primera Diputación no iba a estar orientada a hacer crecer a nuestro Partido y avanzar hacia el éxito de los Partidos Verdes en otros Países, de la forma en que las candidaturas de Giorgio Jackson, Vlado Mirosević y Gabriel Borić habían contribuido al crecimiento de los proyectos políticos de sus colectivos. En ese momento de asumir que la Diputación sería un espacio personal, las energías de la militancia, empezaron a concentrarse en la recuperación del Partido y su autonomía respecto de Félix y su control de la directiva a propósito del control de sus remuneraciones. La solución debía ser pronta en virtud del requerimiento del SERVEL de realizar elecciones democráticas para reemplazar a las autoridades asignadas a propósito de la fusión, elecciones democráticas que fueron postergadas hasta el máximo plazo posible en orden de no perder la legalidad, por no realizarlas.

Estás primeras elecciones se caracterizaron por dos irregularidades, la primera: el uso del rol de Directiva Nacional que se postulaba a continuar en sus cargos, como estrategia de campaña, a propósito de realizar viajes y contrataciones con los recursos del Partido con objetivos electorales a modo de «reelección», solo que sin haber sido electos en un proceso de votación en primera instancia. Esta irregularidad se denunció y se solicitó, como se hace habitualmente en democracia, que como «autoridades» que iban a la «reelección» suspendieran sus funciones por un período de 1 o 2 meses, correspondientes al periodo de campaña. Esta situación fue rechazada por la Directiva y llevada la solicitud al Tribunal Supremo, que oficiaba como Tribunal Electoral, el cual dirigido por Alfonso Belmar, el «socio» de Félix, no contesto ni acusó recibo de la solicitud. Además, a propósito de la carta en que se solicita elecciones «limpias» y regulares firmada por 52 dirigentes del Partido, en su calidad de Diputado Félix amenaza a través de un carta pública y llamados telefónicos a las compañeras más sencillas de demandarlas con lo que tendrían que enfrentar, aunque la demanda no prosperará, los gastos de su defensa. En esta etapa Félix empieza a referirse a sus funcionarios Pablo Riveros y Javier Guerreo en su doble rol por un lado como funcionarios de su equipo parlamentario, fuente de sus remuneraciones, y por otro miembros de su directiva como Tesorero y Secretario General, como «sus Chiquillos». La segunda irregularidad, tiene que ver con el manejo del padrón por parte de Javier Guerrero, a propósito de su función como Secretario General. Al momento de las elecciones las diferencias entre la lista de Félix y su competencia, era muy marcada, con un triunfo sin dificultad al momento de la votación, sin embargo al acudir a las urnas de las elecciones internas, más de 120 militantes nos encontramos imposibilitad@s para sufragar, casi 6 veces la diferencia de votos, con que se adjudicó la elección la Directiva basada en Félix y sus funcionari@s, ¿Qué ocurrió? dentro de la militancia que no pudo votar estuvieron las candidaturas de las Regiones y no sólo eso, también las Directivas Regionales ¿Cómo podrían haber sido candidaturas del Partido Y Directivas Regionales si no eran Militantes? esto fue producto del manejo del Padrón por parte de Javier Guerrero, quién aprovecho un cambio en los nuevos Estatutos que le otorgaba como Secretario General la administración del Padrón, función que antes compartía con las Directivas Regionales. Hecha la consulta al SERVEL de por qué no estábamos en el Padrón si habíamos sido Candidaturas del Partido y Dirigencias se explico lo siguiente: A propósito del proceso de reinscripción en los Partidos Políticos, las fichas, que en ese proceso se firmaban ante notario, habían sido recepcionadas, pero posteriormente RECHAZADAS por el SERVEL, por un error de «forma» cometido por el Secretario General (Javier), en ese contexto las candidaturas se habían rechazado, por la «ley de discolos» ya que al no estar re-inscritos en el Partido, las y los independientes que postulaban como parte del Partido requerían más meses fuera del Partido para poder postularse. En relación a ese rechazo, Félix presentó un recurso que resultó favorable en relación a que las candidaturas irían en el voto y se considerarían para todo evento como candidaturas de militantes del Partido, no obstante el falló no indicó que además de considerarse como candidaturas del Partido, estas personas debían incorporarse como militantes de la colectividad. A propósito de esta situación, Guerrero no cumple su función como Secretario General de informar a las personas rechazadas en su militancia, que fueron rechazadas, y su «error de forma» no se informa tampoco al Partido, por el contrario aprovecha la oportunidad para contactar a personas afines a su lista, para que se re-inscriban, de manera secreta sin que esto sea conocido para privar de derecho a voto a su competencia, que figuraba con candidaturas, sin ser militantes y sin derecho a voto.

Tras estos hechos en que militantes acudieron a votar, para descubrir que no eran militantes y que no podían votar, bloqueo que permitió el triunfo por escasos votos de la Directiva «Funcionaria» se presentaron denuncias al SERVEL y al TRICEL, que tuvieron como respuesta que era materia del Tribunal Supremo del Partido, organismo al que hecha la denuncia, Alfonso Belmar «el socio», no contestó, ni acusó recibo, pesé a recibir sus correos con copia al SERVEL y el TRICEL. Luego de esta situación, militantes molestos con las irregularidades del Partido, optaron por retirarse, mientras que otros pusieron sus esfuerzos en la elección del Tribunal Supremo pocos días después de reconocidos los resultados de la manipulada elección.

Pocos días después de la elección, González cita a un Concejo Nacional para la elección de nuevo Tribunal Supremo, según la Ley de Partidos, la elección de Tribunal Supremo la realizan de forma directa la militancia, sin embargo en los Estatutos del PEV, modificados por Félix, el Tribunal Supremo es elegido por los Concejeros Nacionales, como estos Estatutos, que no cumplen con la Ley de Partidos, fueron igualmente aprobados por el SERVEL se genera una distorsión donde una forma contraria a la Ley de Partidos se legitima. La citación se hace a última hora, sin recursos para el viaje de Concejer@s, y en la ciudad de Penco, donde nos enteramos que el Partido está arrendando una sede. Con mucho esfuerzo y de manera inmediata se logra movilizar a Penco a Concejer@s de otras regiones, con el éxito suficiente para elegir a 3 o 4 de l@s 5 integrantes del Tribunal Supremo con las Candidaturas de Marta Aravena, Irma Pérez y Fernando Neira; Alfonso Belmar quien se postula para contunuar bloqueando las funciones del Tribunal, para blindar a Félix, desprovisto de los votos para su lista, que incluía a la ex-pareja de González, Nicole Jorquera (quien posteriormente viviendo en Valparaíso encabezaría la lista para Constituyente en el Distrito 9), aprovechando su cargo de presidente del Tribunal Supremo, opta sin ninguna causal, ni proceso, sancionar a Marta Aravena, Irma Pérez y Fernando Neira, sanción que es incompatible con ser candidat@s al Tribunal, dejando fuera a la competencia que ya lo había derrotado con ese mecanismo, 30 minutos antes de la elección. El 80% del Concejo Nacional, impedido de elegir a sus candidat@s e indignad@s por lo absurda y fuera de toda regularidad del mecanismo de Belmar para seguir en su cargo, se levanta y se retira de la sesión documentando todo lo ocurrido para denunciarlo. Aunque suene difícil de creer, realizadas las denuncias, la respuesta recibida es que esas denuncias sobre las irregularidades y abusos del Tribunal Supremo, debían ser presentadas al mismo Tribunal Supremo que se estaba denunciando para que sancionase sobre si mismo. Este nuevo abuso, y la falta de capacidad de corregir la situación por la vía legal. Generó el éxodo de un nuevo grupo de dirigentes indignados con el actuar del para ese entonces considerado un #InFelix.

El resto de este período continúo con profundizaciones del patriarcado autoritario y la persecución de quienes aspiraban al funcionamiento regular del Partido. Lo primero fue bloquear al Concejo Nacional, el máximo órgano colegiado a propósito de no citarlo, y bloquear los temas de interés de sus miembros: los aspectos políticos y de gestión de los recursos, de la tabla, siempre con una irregularidad característica, que se documentaba, denunciaba, pero debía ser resuelta por el Tribunal Supremo, que no respondía ni los correos. También pagos, muchos pagos, el guardar silencio y acatar implicaba el acceso a mínimos recursos, y cualquier actitud contraria a la Tiranía, significaba exclusión, persecución política y no solo la negación de recursos sino también bloqueo de los roles y del trabajo. En este contexto el Concejo Nacional se fue desgastando y perdiendo sentido de reunión, lo que avanzo hacia una perdida total del debate y la construcción política, así como la toma de decisiones de manera participativa, y la formación política, con excepción de los Encuentros de Mujeres, obligados por Ley y que se convirtieron en una nueva vía para hacer negocios y pagar apoyos políticos con esos recursos. En este contexto dirigentes de diversas áreas de salud, conservacionistas, de nuevas economías, del mundo de las diversidades sexuales, de los derechos de la Madre Tierra, el emprendimiento verde y de la academia que se habían vinculado al partido de distintas formas viendo lo inerte del espacio y la incapacidad de movilizarlo en la práctica se fueron articulando en otras alternativas, abiertos a volver superando este ciclo #infelix.

No se pueden dejar de mencionar dentro de toda esta seguidilla de irregularidades algunos situaciones particularmente más graves como el tema de la COP25 en que los militantes participamos de los procesos de La CUMBRE DE LOS PUEBLOS y de SCAC La Sociedad Civil por la Acción Climática, mientras Félix restó al partido de ambos espacios, para «generar» lo que se llamó COP25 Ciudadana, que no terminó en ningún evento, documento o aporte, pero permitió movilizar recursos del Partido hacia privados a propósito de ese «ejercicio».

También esta la situación del Bloqueo del Padrón. Javier Guerrero Perellano como Secretario General, ha aportado a mantener el liderazgo de Félix impidiendo la inscripción de personas ajenas a su jefe, y de regiones como la V Región, la Región con más conflictos Socio-ambientales del País. Este bloqueó sostenido y consistente, del Padrón, debió haber llegado a su fin, a propósito de un proceso democrático para generar modificaciones en los Estatutos, en que ganó con más del 90% de los votos, la alternativa de modificar los Estatutos, que incluían entre otros cambios, el que las Directivas Regionales, pudieran incorporar a militantes de sus Regiones. Luego de realizada la votación y aprobándose los cambios estructurales a los Estatutos, nunca se enviaron de manera formal los resultados de la misma, ni, obviamente, se hicieron los cambios. En la votación, participaron observadores del SERVEL, sin embargo pesé a denunciar reiteradamente esta situación, nunca obtuvimos respuestas sobre este proceso SIN RESULTADOS, y la continuidad de los Estatutos favorables a la Tiranía.

Tampoco el tema Electoral a propósito de los anticipos que entrega el Estado para las campañas. Para quienes no conocen el sistema de aporte electoral, básicamente a los Partidos se les entregan recursos a propósito de sus resultados en las elecciones anteriores, estos recursos se entregan para libre administración en las campañas, se entregan por tipo de cargo, y el propósito de que sean más recursos según la votación anterior, equivale a un reconocimiento de la representación real, si bien también representa una ventaja para los proyectos que se van sosteniendo en el tiempo. Ni el SERVEL ni el sistema fiscalizan como se utilizan estos recursos, ni siquiera el que se utilicen. En el PEV por sus Estatutos (incluso los que modificó Félix, los actuales) las decisiones respecto del uso de los Recursos y de las definiciones de Pactos Electorales y Políticas corresponden al órgano colegiado, el Concejo Nacional, el 2017, este órgano otorgo a la Directiva la capacidad de tomar estas definiciones, pero cuando en 2018 descubrimos que los recursos se habían concentrado en su propia campaña cerca de $80.000.000 concentrados hacia su lista, esa confianza terminó. Sin embargo en estás elecciones de 2021 no se ha convocado al Concejo Nacional, para estos fines, y Félix de forma individual a impuesto la posición del Partido de no trabajar con otras colectividades, sin ningún proceso detrás, al punto que nos hemos enterado por la prensa de estas definiciones, incluso Concejeras y Concejeros, se han hecho las denuncias de esto… pero esto es materia del Tribunal Supremo… el mismo circuito. Con los recursos el tema ha sido igual de malo: Se han otorgado a propósito de lo que le parece a Félix, en base a un criterio de apoyo y silencio respecto a las graves irregularidades que comete con los recursos del Partido, utilizando la negación de recursos para las campañas de quienes cuestionan que paga precios que hemos revisado entre 4 y 16 veces mayores al del mercado por los insumos para las campañas, siempre con «proveedores de confianza», gestionando de manera directa toda la gestión a nivel nacional. Por otro lado decide NO UTILIZAR todo el anticipo en las campañas, normalmente se utilizan todos esos recursos y además se adicionan recursos del Partido y además Diputados y otras autoridades de mayores ingresos hacen un aporte en función de ahorro que efectúan durante el ejercicio de su cargo. Para muestra en la campaña de Gobernadora de Nathalie Joignant, el Estado entregó al PEV más de $58.000.000 de los cuales se utilizaron menos de $30.000.000 en campañas de Gobernadores, y Nathalie enfrentó el desafío electoral en la Región más grande con un aporte de solo $11.000.000. Este «Ahorro» refuerza la teoría de que la perdida de la legalidad está planificada, y que se están «juntando recursos» que luego podrán repartir Félix, con Pablo y Javier. Dentro de la documentación están las planillas con algunas observaciones de las dos elecciones de este año, que siguen la misma lógica. Ejemplos concretos de persecución a propósito de esto fue lo ocurrido con Phellipe Romero Muzz, creador de TEDOY Chile espacio de consumo desprendido colaborativo, candidato a Constituyente por el Distrito 10, consultó respecto de los cobros excesivos en temas de diseño a propósito de su experiencia en el rubro, lo que no fue respondido, y a las horas se envía un comunicado informando que no recibiría ningún aporte del Partido para su campaña.

La otra arista del tema electoral tiene que ver con la inscripción de las candidaturas así como con los recursos para la campaña Félix a controlado, a propósito de bloquear el Concejo Nacional, la inscripción de Candidaturas de liderazgos que lo superen o de liderazgos que sean contrarios a su Tiranía. Esto lo hace simplemente omitiendo a las Candidaturas a la hora de inscribirlas en el SERVEL o poniéndolas en los últimos puestos del listado y ocupando los primeros puestos con sus amig@s, amig@s de «los chiquillos» incluso con gente que simplemente esta dispuesta a figurar como candidat@ por un «pequeño aporte». En esta línea los ejemplos más notables son los Claudia Fuentes (su funcionaria «estrella») que fue rechazada como Candidata a Gobernadora por la Región Metropolitana y luego como SENADORA por la misma Región, además por recurrentes mentiras el Tribunal Regional (organismo que funciona hace un año) entre otras sanciones determinó que se terminara su contratación con recursos del Partido, quien encabezo la lista a Constituyente, lo mismo su ex-pareja Nicole Jorquera, quien vive en Valparaíso y previamente en Ñuñoa, sin embargo encabezo la lista en el distrito 9 desplazando a la activista Patricia «Dedos Verdes»; por otro lado Juan Antonio Kelly, de Koncevisión, en la Región del Bío Bío, sin causales ni procesos, y siendo militante de trayectoria y candidato en elecciones pasadas, al ser considerado una competencia para Javier Guerrero Perellano (Secretario General y responsable del Bloqueo del Padrón Electoral y las inscripciones en el Partido de quienes no adhieren a la Tiranía) fue vetado de la lista y no pudo tampoco ser candidato independiente por la «Ley de Díscolos», pesé a los Bloqueos y ser el Constituyente que más recursos recibió por parte del Partido, Javier fue sexto dentro de su lista.

Para cerrar este relato, el otro gran bloqueo de candidaturas: La candidatura a Diputada por el Distrito 12 de Nathalie Joignant, tercera mayoría en la elección a Gobernadora por la Región Metropolitana, la única de la lista que no ha sido nombrada por irregularidades en la presentación de su gasto electoral, en toda la crisis gatillada por la solicitud de reembolso de Karina Oliva, y la Ecologista más votada en la historia de la Ecología Política de nuestro país.

Lo más grave de todo esto, para nosotr@s más allá de los detalles y las situaciones denunciadas a los espacios competentes, incluso en su calidad de inexistentes como el Tribunal Supremo del Partido, es lo INERTE que fue el partido en sus últimos 4 años. Vivimos tiempos de grandes desafíos que requieren grandes cambios políticos y sociales, para la Regeneración de la Naturaleza, el cuidado de los seres vivos, la oportunidad de un Buen Vivir para las personas, una Democracia Participativa, el cuidado del Agua y su aseguramiento para la VIDA por sobre «los negocios» que se puedan hacer con ella, y tanto más, con los recursos que manejó el PEV pudo apoyar al 100% a los movimientos Socio-ambientales, capacitando a Jóvenes y desarrollando la Ecología y la Ecología Política en la Academia, los Barrios y las Comunidades. Reforzando el Emprendimiento Verde, y más que todo, aspirando a un espacio de UNIDAD, la unidad que necesitamos ecologistas en nuestro país, porque en esta sindemia que vivimos, en este momento histórico, debemos superar esta red de acciones divisoras, esta fractura y especificación de nuestros desafíos, para entender y compartir los logros comunes y conquistarlos de manera colectiva. Un Partido cuya directiva se esforzó en fracturar internamente a su militancia y se aisló de los movimientos y las otras colectividades políticas, en todos los niveles que esto pudo hacerse, no sólo no contribuyó. También RESTÓ. Hoy la oportunidad de Crecer continúa en la Federación Regionalista Verde Social.

¿Qué tan protegidas son nuestras Áreas Protegidas?

Pablo Amat Trujillo

Candidato a la Convención Constitucional por el Distrito 11 (Las Condes, La Reina, Peñalolén, Vitacura, Lo Barnechea), Independiente patrocinado por el Partido Ecologista Verde. Abogado con un profundo enfoque en el área Ecológica y en Derechos Humanos (Magíster en Derecho Ambiental y Diplomado en Derecho Internacional de los DDHH). 

En las próximas semanas debería votarse el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), organismo que reemplazará a la CONAF en el cuidado de las Áreas Protegidas, como: Parques Nacionales, Reservas, Monumentos Naturales, entre otros.

Ante noticias alarmantes como que CONAF taló ilegalmente 51 araucarias en Parque Nahuelbuta; o que mediante Decreto Supremo se redujeron 5.000 hectáreas de extensión del Parque Nacional Patagonia (Tompkins) para entablar un proyecto minero allí; o el uso de maquinaria pesada en Parque Nacional Archipiélago Juan Fernandez, para buscar un supuesto tesoro que nunca se encontró; y ante el hecho que en la práctica se han autorizado en ellas numerosos proyectos Hidroeléctricos, Mineros o Salmoneras con gran impacto ambiental; nos lleva a preguntarnos:

¿Qué tan protegidas están nuestras áreas protegidas? ¿Es compatible su objetivo de preservación de la naturaleza con el realizar actividades económicas en ellas? ¿Soluciona en algo el proyecto de Ley próximo a discutirse en el Congreso? y ¿Cómo puede ayudar la Nueva Constitución a hacer efectiva la preservación ambiental?

Las primeras “normas ambientales” que se dictaron en nuestro país se refirieron precisamente a áreas protegidas y tala indiscriminada de bosques. A principios del Siglo XX, nos empezamos a dar cuenta de nuestra capacidad destructiva, y que la concepción clásica de la propiedad que adoptó nuestro Código Civil – donde el dueño de una cosa tiene amplias facultades incluso para destruirla a su arbitrio – no se adecuaba al medioambiente, el cual requiere un cuidado y regulación especial. De esta manera, comenzamos a reconocer que habían lugares que  por su importancia, valor patrimonial, biodiversidad, belleza paisajística, queríamos proteger y mantener intactos a la actividad del hombre. Desde entonces, se ha entendido que mientras que la preservación ambiental excluye toda explotación de los recursos naturales, la conservación del patrimonio ambiental admite un uso y aprovechamiento racional y sustentable de los mismos.

Bajo esta concepción de preservación, se dicta la Convención de Washington de 1940, Tratado Internacional al cual Chile adhiere en 1967, la cual prohíbe expresamente la explotación de las riquezas existentes en áreas protegidas para fines comerciales. Asimismo, expresa que sus límites no serán alterados, ni enajenada parte alguna de ellos sino por Ley.

La Constitución de 1980, establece por primera vez una norma ambiental en su texto, que contempla un derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y un deber del Estado de tutelar la preservación de la naturaleza. Sin embargo, sólo se puede interponer el recurso de protección para hacer efectivo este derecho y no para exigirle al Estado que cumpla su deber de preservar la naturaleza. Asimismo, tampoco señala qué se entiende por preservación. La Ley 18.362 de 1984, sería la encargada de definir preservación, como “la mantención de la condición original de los recursos naturales de un área silvestre, reduciendo la intervención humana a un nivel mínimo”. Sin embargo, esa Ley nunca entró en vigencia, ya que para ello requería que primero se dictara la ley que crearía la CONAF, lo cual nunca ocurrió tampoco, y hasta hoy la CONAF es una corporación de derecho privado.

Finalmente, luego de más de 10 años discutiéndose en el Congreso, en los próximos días debería votarse el proyecto de Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). El proyecto viene a presentar un avance en varias materias: se crea un organismo funcionalmente descentralizado y sujeto a la supervigilancia del Ministerio del Medio Ambiente, y no del Ministerio de Agricultura como ha sido la lógica hasta el momento. Asimismo, consagra expresamente principios de vital importancia, como: el principio precautorio y preventivo, el principio de no regrasión y un principio participativo, que involucra a las comunidades indígenas y locales en la conservación de estos lugares.

Sin embargo, dicho proyecto de ley – tal como está actualmente – no se adecúa a la Convención de Washington. Define preservación de forma vaga, como la “mantención de las condiciones que hacen posible la evolución y desarrollo de las especies y ecosistemas”, y más bien lo que pretende es regular la forma en que se pueden desarrollar actividades económicas dentro de áreas protegidas. Asimismo, permite modificar los límites del área en virtud de un decreto supremo fundado (norma de jerarquía inferior a una Ley), aunque hay indicaciones al proyecto para subsanar ello.

El principal problema de este proyecto de Ley, es que si bien en el papel señala que no se permitiría explotar recursos con fines comerciales, dando apariencia de conformidad con la Convención de Washington, luego expresa que los proyectos o actividades en su interior se regirán por las leyes respectivas que las regulan. Y si bien deroga una serie de , el normas proyecto no deroga el artículo 17 N°2 del Código de Minería, que considera suficiente el permiso del Intendente respectivo “para ejecutar labores mineras en lugares declarados parques nacionales, reservas nacionales o monumentos nacionales”. Tampoco modifica el artículo 158 de la Ley General de Pesca y Acuicultura que no prohíbe instalar salmoneras en Reservas Nacionales, cuando actualmente hay 416 concesiones otorgadas para criar salmones en áreas protegidas, equivalentes al 29,67% del total de concesiones salmoneras. En todo caso, cabe señalar que actualmente hay indicaciones al proyecto por parte de diputados Catalina Pérez, Cristina Girardi y Félix González, entre otros, tendientes a derogar el Numeral 2 del artículo 17 del Código de Minería, e incluir a las Reservas Nacionales en prohibición del artículo 158 de la Ley General de Pesca y Aquicultura; las que en caso de ser aprobadas corregirían gran parte de las aprehensiones antes indicadas.

Por un lado, si bien se consagran prohibiciones estrictas a realizar en áreas protegidas, tales como: extraer tierra de hoja, extraer ejemplares de plantas, recolectar frutos, provocar contaminación acústica o lumínica, entre otras; en la práctica permite realizar proyectos con efectos mucho más dañinos e irreparables, a los cuales no les afectan las prohibiciones antes mencionadas, cuando hayan sido aprobados mediante Estudios de Impacto Ambiental. A su vez, el proyecto deja mucha responsabilidad en la elaboración de Planes de Manejo, los cuales van a definir los objetivos de protección y las actividades compatibles e incompatibles en el lugar; cuando sabemos que hay muchas áreas protegidas que no cuentan aún con ellos, y presenta el riesgo que se utilicen para burlar objetivos consagrados en normas de mayor jerarquía. Recientemente Corte Suprema, sentencia Rol 139.872-2020, ordenó a CONAF eliminar su Plan de Manejo de talas de bosque nativo para recuperar suelos de producción agrícola, mediante el cual autorizaron reemplazo de bosque esclerófilo por monocultivo de paltas. Además, el Proyecto de Ley SBAP permite concesionar proyectos de infraestructura permanente para actividades de turosmo, lo cual daría pie a que se realicen megaproyectos Hoteleros en Parques Nacionales, que ya han sido anunciados.

Las actividades que más dividendos económicos dan a Chile, como minería, acuicultura, industria forestal o hidroeléctricas, están reguladas en leyes especiales que permiten instalarse en áreas protegidas, ¿tiene sentido que se puedan realizar en áreas protegidas las actividades que más dañan el ecosistema? Si bien el proyecto de Ley establece una acción pública de denuncia, las actividades que más impactan el medio ambiente, escapan su campo de acción y seguirán siendo fiscalizadas por la SuperIntendencia del Medio Ambiente y no por el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas. Esperamos que prosperen las indicaciones al proyecto que corrigen algunas de las situaciones antes mencionadas y vienen a significar un avance en el cuidado de nuestra biodiversidad y áreas protegidas.

No obstante, la Nueva Constitución debe ayudar a hacer frente a esta situación: 1) Primero que todo, debe establecer que los Tratados Internacionales de Derechos Humanos tienen Jerarquía Constitucional. 2) Asimismo, establecer como materia de Ley, el modificar los límites de un área protegida (y no por Decreto Supremo). 3) Luego, es necesario establecer expresamente que no se permitirá la explotación de los recursos naturales existentes en áreas protegidas. 4) A su vez, consagrar a la Naturaleza como sujeto de derechos y establecer una acción popular que permita que cualquier persona pueda interponerla, pudiendo también exigir que el Estado cumpla su deber de tutelar la preservación de la naturaleza. 5) Ello junto con consagrar principios ambientales de vital importancia como el Principio Precautorio, de No Regresión, Buen Vivir, entre otros. 6) Y establecer una Defensoría del Pueblo (ombudsman), que incorpore una Defensoría de la Naturaleza, procupada de velar porque se preserve la naturaleza.

Por otro lado, debe procurarse porque concesiones ya otorgadas, o autorizaciones a proyectos y actividades en áreas protegidas, no sean renovadas ni prorrogadas, velando por que paulatinamente vayan dejando de operar. Asimismo, debe limitarse al máximo los casos en que operen medidas de compensación en áreas protegidas.

Pero aún con todo esto, cabe señalar que las áreas protegidas son necesarias pero no son suficientes en el escenario de crisis climática que enfrentamos, donde muchos expertos han advertido que debemos darle la misma prioridad que una pandemia. Tal como hemos visto que no es efectivo poner un lugar en cuarentena, si el sector vecino tiene abierto malls, casinos, etc. No es suficiente tampoco cercar ciertos lugares u oasis ambientales, si no cambiamos en nuestra Constitución nuestra relación con la naturaleza y cómo entendemos el territorio, el cual es mucho más que límites geográficos. Sino que es un sistema complejo, donde se relacionan distintas formas de vida (bióticas y abióticas como el agua y glaciares), incluida la nuestra, y si se afecta a una repercute en la otra. Nuestra vida, salud, cultura y resto de derechos humanos, dependen en gran parte de la estabilidad del territorio y conservación del medio ambiente. No es posible separar islas de áreas protegidas de las áreas que la rodean, ni vivir en un mundo fragmentado, porque la naturaleza no funciona así, no ve los cercos o límites que nosotros hemos creado.

De esta manera, debemos aprovechar esta tremenda oportunidad de escribir una Nueva Constitución, un nuevo contrato social, en donde realmente empecemos a tomar medidas más efectivas para hacer frente a la crisis climática, y no terminemos con “áreas protegidas de papel”.

Pueblo Mapuche y Medio Ambiente: Hacia una Legislación y Políticas Públicas que garanticen. Derechos Territoriales y sobre Recursos Naturales.

Pablo Amat Trujillo

Candidato a la Convención Constitucional por el Distrito 11 (Las Condes, La Reina, Peñalolén, Vitacura, Lo Barnechea), Independiente patrocinado por el Partido Ecologista Verde. Abogado con un profundo enfoque en el área Ecológica y en Derechos Humanos (Magíster en Derecho Ambiental y Diplomado en Derecho Internacional de los DDHH). 

Sin lugar a dudas uno de los problemas y desafíos más grandes para el Estado de Chile, es y ha sido históricamente, el cómo integrar a pueblos indígenas con una particular cosmovisión y forma de relacionarse con el entorno, territorio y medio ambiente, que muchas veces choca directamente con el modelo de desarrollo imperante. En efecto, el reconocimiento y protección de derechos territoriales y derechos sobre recursos naturales, para los pueblos indígenas, sobre todo el pueblo Mapuche, es un problema que pone en evidencia las limitaciones, no sólo de nuestra organización y estructura social y económica, sino también del Sistema Internacional de Derechos Humanos. 

Luego de la Revolución Francesa surgen conjuntamente los Estados Modernos y las primeras Declaraciones de Derechos Universales (Declaración Universal de Derechos del Hombre y Ciudadano de 1789). Con la “modernidad” se comienza a dejar atrás las formas de vida comunitarias, en donde los grupos humanos están fuertemente cohesionados en torno a una misma conciencia moral, sentido del destino humano, ideas morales y espirituales; para dar paso a sociedades en donde la asociación entre las personas está unida simplemente por el intercambio, el contrato y las interacciones de mercado. De esta manera, comienza una disolución de la conciencia colectiva y los sujetos se individualizan. Asimismo, las formas de propiedad comunal o colectiva que existían, fueron reemplazadas por la propiedad privada, a la cual – incluso ya para intelectuales como John Locke – se le concede el estándar de un derecho fundamental o humano. En consecuencia, el individualismo propio de la modernidad está presente en las primeras declaraciones de derechos universales e inalienables, en donde el principal objetivo que se buscaba era limitar el poder del Estado, asegurándole a las personas ciertos derechos básicos y espacios en donde el Estado debía abstenerse de intervenir, para poder desarrollar libremente su propio proyecto de vida. Asimismo, y aunque suene redundante, los derechos humanos tuvieron inicialmente una mirada absolutamente antropocentrista, vale decir, centrada en el ser humano, sus derechos individuales y libertades.

Si bien, progresivamente los instrumentos internacionales de derechos humanos fueron ampliando su catálogo hacia Derechos Económicos, Sociales y Culturales que exigían cada vez más que el Estado actúe con medidas positivas para su realización (y no sólo abstenerse de intervenir); de igual forma derechos de raigambre más colectiva, como el derecho a vivir en un medio ambiente sano y/o los derechos de los pueblos indígenas sobre su territorio y recursos naturales, tensionan con el enfoque antropocéntrico e individualista con que los derechos humanos fueron concebidos. En efecto, el Sistema Internacional de Derechos Humanos está construido bajo la idea de protección de víctimas concretas, individualizadas y determinadas, mientras que tanto los derechos territoriales de los pueblos indígenas y el derecho a un medio ambiente sano, afectan a una colectividad de personas, haciéndose mucho más complejo determinar quienes concretamente tiene legitimación activa para exigir el derecho. De esta manera, el poder garantizar y reconocer estos derechos de afectación más amplia o abstracta, presenta un gran desafío, no sólo a las sociedades modernas, sino que a la institucionalidad del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Asimismo, Chile también hacia el siglo XIX inició el tránsito hacia una sociedad y Estado Moderno. En efecto, al independizarse de la corona Española, y en el proceso de consolidación del Estado Republicano, Chile se vio en la necesidad de construir una identidad nacional y afianzar el orden interno. Para ello, se utilizó la forma de un Estado Unitario, con Una nación y Una cultura reconocida, lo cual aún perdura hoy en nuestra Constitución Política, bajo el entendimiento que las sociedades humanas son un todo coherente y unitario, sujetas a una misma ley. Sin embargo, esta uniformidad ficticia (cultural y jurídica) que se implementó, no daba cuenta de la diversidad cultural existente, sobre todo en las tierras al sur del río Bio Bio, en donde el pueblo Mapuche ejerció soberanía y potestad, la cual fue reconocida en el Tratado de Quilín de 1641, celebrado con la Corona Española. Incluso, el Estado Chileno en sus inicios, mediante el Parlamento de Tapihue de 1825, le reconoció al pueblo Mapuche, autonomía territorial y potestades a sus autoridades tradicionales. 

De esta forma, no cabe duda que por siglos han convivido en el territorio que hoy se conoce como Chile, estas dos naciones con formas de vida y concepciones del mundo distintas. Por un lado, el pueblo Mapuche con una forma de vida comunitaria, íntimamente relacionada con el territorio y sus recursos naturales, con los cuales sostienen vínculos espirituales y culturales que les interesa preservar, y por el otro, la incipiente República Chilena, que seguía la doctrina individual liberal, y que veía en la propiedad raíz y su explotación, el motor para el progreso y desarrollo; especialmente considerando que la exportación de trigo y charqui a Estados Unidos durante la fiebre del oro, constituía su principal fuente de ingresos. Adicionalmente, con la adopción del Código Civil Chileno, se adoptó un modelo de propiedad individual, en donde las situaciones de comunidad de bienes son excepcionales, y en donde se sigue la concepción Romana del dominio, en que el dueño está legitimado para usar, gozar e incluso disponer o destruir a su arbitrio de su propiedad (incluyendo la naturaleza). De esta manera, la Ley republicana no respondió ni tomó en consideración las particularidades culturales de los habitantes del sur del Bio Bio, para quienes no existe esta separación y superioridad entre el Ser Humano y la Naturaleza, sino una íntima conexión, representando la tierra no meramente una fuente económica y de subsistencia, sino que también de su desarrollo cultural y espiritual.

Ante estas visiones contrapuestas – la dicotomía entre colectivismo e individualismo, y entre medio ambiente interrelacionado o subordinado al hombre – el Estado Chileno optó por aplicar una política de asimilación y colonización de los territorios, buscando someter al pueblo Mapuche al régimen legal aplicado en el resto del país, incorporarlos a la civilización y asegurarse que las tierras que ocupaban serían trabajadas, cultivadas y explotadas. De esta manera, en 1861 Cornelio Saavedra presenta su plan de “Pacificación de la Araucanía”, el cual consistía en “civilizar y reducir a los indígenas”, mediante acciones militares tendientes a avanzar progresivamente la frontera, para luego subdividir y enajenar los terrenos baldíos y fiscales, que luego eran entregados a pequeños propietarios nacionales y extranjeros. Para ello, con el apoyo de la mayoría de los intelectuales de la época, se construyó una imagen del indígena como un ser bárbaro, salvaje e inferior que debía ser civilizado por el Estado, iniciándose un proceso de ordenación territorial sobre aquellas tierras ocupadas ancestralmente por el pueblo Mapuche, las cuales pasaron a quedar regidas por la Ley Chilena. Bajo la antigua doctrina Romana del res nullius (cosas que no pertenecen a nadie), se fueron incorporando los terrenos al sur del Bío Bío al Estado Chileno, el cual luego los distribuía a manos de privados y de colonos. Si bien, teóricamente los indígenas nacían jurídicamente igualados al ciudadano chileno, es decir, gozaban de todos los derechos garantizados, incluyendo el derecho de propiedad; en la práctica no eran protegidos de la misma manera en sus derechos, especialmente en lo que refiere a sus tierras. En efecto, si es que gozaban de derecho de propiedad, el despojo y remate de sus tierras constituía jurídicamente una expropiación, que debía ser debidamente indemnizada por el Estado. Sin embargo, salvo José Victorino Lastarria, nadie sostuvo lo anterior, primando la concepción que veía a los miembros del pueblo Mapuche y su nomadismo, como individuos que no cumplían con los requisitos para la adquisición del dominio. 

Por su parte, los miembros del pueblo Mapuche fueron confinados en “reducciones”, reconociéndose Títulos de Merced, los cuales muchas veces eran conferidos al cacique en nombre del linaje que representaban, y constituían de esta manera una forma de propiedad colectiva inserto en el sistema de propiedad individual Chileno. Entre los años 1.884 y 1.929, la Comisión Radicadora de Indígenas, creada por la Ley N° 1.883, otorgó cerca de tres mil Títulos de Merced en las Provincias de Arauco y Osorno, quedando solo un 6,39% del territorio total de dichas provincias comprendido en los Títulos de Merced, y todo el resto en manos del Estado. De esta manera, se redujo exponencialmente el Territorio Ancestral tradicionalmente ocupado por el pueblo Mapuche, incluyéndose muchas veces bajo un mismo título, a personas de diferentes familias, que por tanto no reconocían a un mismo cacique como jefe, afectando profundamente sus formas tradicionales de organización social. Es decir, el Estado fue arbitrariamente agrupando comunidades en un territorio reducido, mediante el otorgamiento de estos Títulos de Merced, lo cual provocó que el pueblo Mapuche no sólo se viera enfrentado a la usurpación de su terreno ancestral, sino que también sufriera la fragmentación del control territorial de sus autoridades tradicionales, a quienes se les otorgó un reducto muy reducido de lo que eran sus territorios. A ello, se unen problemas de superposición de títulos, producto del remate de propiedad indígena ya adjudicada, la apropiación de hecho de sus ya reducidas tierras, y actos fraudulentos sobre las mismas. Adicionalmente, la asignación de estos Títulos de Merced no garantizaba la estabilidad de la propiedad colectiva, sino que más bien se buscaba una gradual de conversión de las tierras al individualismo propietario. En efecto, el Estado Chileno a lo largo de su historia ha impulsado políticas de división de las reducciones, lo cual se vio acrecentado en tiempos de la dictadura militar, con miras a revertir el proceso de la reforma agraria, en donde los Decretos Ley N° 2.568 y 2.570 de 1979, establecieron que bastaba solo un comunero, mapuche o no, para proceder a la división de la comunidad. Como consecuencia, sólo en el período 1979-1986, se procedió a la división de 1.739 reducciones, dando lugar a la formación de 48.346 hijuelas, las cuales pasaron a incorporarse al mercado de tierras. 

Posteriormente, hacia fines de la dictadura, el 1 de diciembre de 1989, el entonces candidato presidencial Patricio Aylwin y representantes de los pueblos indígenas en Chile, firman el Pacto de Nueva Imperial, cuyos principales compromisos eran: dar Reconocimiento Constitucional de los pueblos indígenas, la creación de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) y de un Fondo de Etno-Desarrollo, la promulgación de una Ley Indígena y la ratificación del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT. Si bien, con la vuelta a la democracia se dictó la Ley Indígena N° 19.253 de 1993 y ratificó en Convenio 169 de la OIT, el Reconocimiento Constitucional de los pueblos indígenas no se ha materializado a la fecha.

Al día de hoy, la demanda territorial del pueblo Mapuche sigue siendo uno de los principales desafíos sin resolver del Estado Chileno, el cual ha adoptado una política represiva y de criminalización de dichas demandas. Por su parte, el pueblo Mapuche ha debido adaptar su concepción de la propiedad al lenguaje jurídico de los Títulos de Merced, para evitar la pérdida de las ya reducidas tierras cuya propiedad colectiva sí les fue reconocida. Debemos entender que para el pueblo Mapuche la concepción de la tierra y sus territorios, escapa con creces la concepción de propiedad individual imperante en nuestro modelo de desarrollo. Su vinculación íntima, espiritual y cultural con sus territorios, provoca que lo que está en juego al reconocer derechos territoriales, es la propia supervivencia, desarrollo y continuidad del estilo de vida del pueblo Mapuche.  

Si bien el Estado Chileno ha hecho avances, ratificando Tratados Internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ha fallado en reconocer e implementar en su institucionalidad interna, los estándares internacionales consagrados en dichos instrumentos, en especial en cuanto a proyectos de inversión con impacto ambiental sobre sus territorios, y su deber de consultar a los pueblos indígenas afectados, y en lo que refiere a procesos de recuperación territorial o entrega de tierras. De esta manera, el Estado Chileno no se ha pronunciado sobre temas tan importantes como ¿Cuál es el alcance de los derechos territoriales del pueblo Mapuche? ¿Aquellos Títulos de Merced o el territorio ancestralmente ocupado por ellos? ¿Cuánto control y autodeterminación estamos dispuestos a otorgarles sobre dicho territorio?  

Chile ha históricamente seguido un modelo de desarrollo Extractivista, que basa su riqueza en la explotación de los Recursos Naturales. Si bien ello ha permitido al país progresar económicamente, el mayor desafío aún consiste en que dicho progreso se alcance con pleno respeto de los derechos colectivos sobre el medio ambiente y aquellos que detentan los pueblos indígenas sobre su Territorio y Recursos Naturales. Ante ello, debe reconocerse los avances que en las últimas décadas ha hecho el país en cuanto a la suscripción de instrumentos internacionales que reconocen derechos territoriales a los pueblos indígenas, la dictación de la Ley N° 19.253, y la implementación de una Institucionalidad Ambiental. 

En efecto, uno de los avances más importantes en materia de reconocimiento de derechos a los pueblos indígenas es el Convenio 169 de la OIT, el cual es un instrumento jurídico vinculante y ha sido ratificado por Chile. Dicho instrumento les reconoce el derecho a continuar su existencia y a desarrollarse en la dirección que ellos deseen, asimismo, a involucrarse en el proceso de toma de decisiones en los asuntos que les afecten. Ello se ha materializado principalmente a través del derecho a consulta, el cual está contemplado en su artículo 6 del Convenio, el cual señala que los gobiernos deberán “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”. De esta manera, no es cualquier consulta la que se exige a los Estados, sino una Consulta Previa Libre e Informada (CPLI), la cual debe efectuarse de forma previa, “de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”. A su vez, define como obligación del Estado el establecer los medios para que puedan participar libremente y lograr pleno desarrollo de sus instituciones e iniciativas, proporcionando recursos necesarios para este fin. Por su parte el artículo 7 del mismo Convenio, permite a pueblos indígenas ejercer cierto control sobre su propio destino, al señalar que tienen “derecho a decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural”. Adicionalmente los hace partícipes en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente. 

Un aspecto muy importante del artículo 7, es que requiere a los gobiernos de los países que ratifican el Convenio, que velen porque siempre que tengan lugar actividades de desarrollo, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que puedan tener sobre esos pueblos, debiendo asimismo tomar medidas para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan. En definitiva, se avanza enormemente en cuanto a lograr un desarrollo económico que tome en consideración las particularidades de los derechos indígenas, cuando se vayan a ejecutar proyectos de inversión o medidas administrativas y legislativas que pudieran afectarles. Se les incluye en esta toma de decisiones, a través de una consulta, la cual debe ser previa, mediante procedimientos apropiados, deben participar sus instituciones representativas, debe ser de buena fe, apropiada a las circunstancias y con la finalidad de llegar a un acuerdo. No obstante, en los casos en que los pueblos indígenas sean trasladados de las tierras que ocupan, el artículo 16 del Convenio 169 contempla que se requerirá su consentimiento libre e informado, no bastando la consulta. Asimismo, se resguarda su derecho a retornar a aquellas tierras, cuando ello sea posible, y cuando no, deberá entregarse tierras de igual calidad y estatuto jurídico que las que ocupaban, o cuando los interesados prefieran, una indemnización en dinero o en especie. Cabe agregar, que la Consulta Previa Libre e Informada (CPLI) es efectivamente vinculante, en casos de protección ambiental, desplazamiento forzoso, riesgo de supervivencia física o cultural de un pueblo o depósito de desechos peligrosos en un territorio.

A su vez, el Convenio 169 provee una serie de disposiciones que reconocen derechos territoriales y sobre recursos naturales a los pueblos indígenas. A saber, el artículo 14 establece que “deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan”. Adicionalmente, consagra una importante obligación a los gobiernos en torno a tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente, garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión, y solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados. Por su parte, los derechos sobre los recursos naturales existentes en sus tierras, están cubiertos en el artículo 15, comprendiendo derecho a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos. En caso que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, los pueblos indígenas adicionalmente a ser consultados para determinar si sus intereses están siendo perjudicados por cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras, deben ser indemnizados equitativamente por cualquier daño que puedan sufrir a consecuencia de dichas actividades, y participar siempre que sea posible en los beneficios que le reporten tales actividades. 

Es de suma importancia señalar que el Tribunal Constitucional (TC), en la Sentencia Rol Nº 309 del año 2000, señalo que los artículos 6 y 7 del Convenio 169, son normas autoejecutables. Sin embargo, el resto de las disposiciones – que regulan los derechos territoriales – requieren de una norma que regule su aplicabilidad. Por lo cual, en la práctica al no haber norma alguna que regule estos derechos, pese a haber sido ratificado el Convenio, no han recibido aplicación alguna.

Por otra parte, el Estado Chileno también ha adherido a la Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU de 2007, la cual si bien no es un instrumento vinculante para los Estados, puede ser utilizada para efectos de interpretar las normas internas e internacionales que ellos deben respetar y garantizar. La Declaración constituye un enorme avance, no sólo en materia de consulta, en donde establece que su fin es alcanzar un Consentimiento Libre Previo e Informado (artículo 15), sino también en materia de derechos territoriales y sobre recursos naturales, estableciendo un mayor desarrollo del derecho de autodeterminación que tienen los pueblos indígenas, en virtud del cual determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural (artículo 3), y ejercitan su derecho a la autonomía o al autogobierno en cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales (artículo 4).  Así, por ejemplo, el artículo 32 Nº1 y  en parte el artículo 23, afirman el “derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos”, mientras que el artículo 32 N°2 establece que “los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe  con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas, a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo”. Asimismo, el artículo 25 precisa que “tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído y ocupado y utilizado y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras”. De esta manera, la Declaración eleva el estándar de la consulta, a una cuyo consentimiento libre e informado es necesaria, sobretodo cuando se afectan tierras, territorios y recursos indígenas. 

Ahora bien, en el ámbito de la normativa interna Chilena, la Ley N° 19.253 de 1993, sobre Protección, Fomento y Desarrollo Indígena, establece las normas relevantes para la entrega o restitución de tierras a personas o comunidades indígenas en Chile. Dicha ley crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), la cual a través de su Fondo de Tierras y Aguas Indígenas (FTA), junto al Ministerio de Bienes Nacionales, ha sido la encargada de impulsar acciones de ampliación, transferencia y regulación de tierras indígenas, reconociendo como tales aquellas que poseen estos pueblos, ya sea por regulaciones o traspasos de tierras fiscales efectuados por el Estado a través del Ministerio de Bienes Nacionales, por compras de tierras efectuadas por CONADI, o por haber sido propiedad en virtud de otros títulos. El artículo 12 de la Ley identifica las tierras consideradas como indígenas, contemplando a las que provienen de toda clase de títulos emanados del Estado, aquellas que por ocupación histórica se inscriban en el a futuro en el Registro de Tierras creado por ley, las que sean declaradas como pertenecientes a comunidades indígenas, y las que los pueblos indígenas y sus comunidades reciban a título gratuito del Estado. Estas tierras pueden ser de propiedad individual o colectiva y están exentas de pago de contribuciones, no pueden ser enajenadas, embargadas ni gravadas, ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas de una misma etnia (artículo 13).  Además, la CONADI tiene el rol de ser el organismo encargado del Registro Público de Tierras Indígenas, donde serán inscritas las tierras mencionadas en el artículo 12, y “únicamente su inscripción otorgará la calidad de tierra indígena” (artículo 15). La ley promueve la ampliación de las tierras para los indígenas y sus comunidades, especialmente a través de un Fondo de Tierras y Aguas, creado para tal efecto (artículo 20). Los objetivos centrales de la CONADI se encuentran expresados en el artículo 20, y se resumen básicamente en el otorgamiento de subsidios para la adquisición de tierras (artículo 20 letra a), el financiamiento de mecanismos que den solución a problemas de tierras (artículo 20 letra b) y el financiamiento de la constitución, regularización o compra de derechos de aguas (artículo 20 letra c).  Respecto al sistema de subsidios contemplado en el artículo 20 letra a), tienen derecho a postular todos los indígenas que consideren tener derecho de uso o usufructo de tierras o aguas sobre las que reclamen titularidad y que evalúen sus tierras como insuficientes. Actualmente el concepto de “tierra insuficiente” se determina a partir del factor de 0,3 hectáreas de riego básico por integrante del grupo familiar. La suficiencia sólo se evalúa en términos de disponibilidad productiva, no considerando otros factores como la existencia de bosque nativo o sitios ceremoniales, entre otros. El monto del subsidio actualmente es de 20 millones de pesos, y CONADI debe aprobar la compra. Por su parte, en virtud del artículo 20 letra b), el objetivo del Fondo es financiar mecanismos que permitan solucionar los problemas relativos a tierras indígenas o transferidas a los indígenas, provenientes de los títulos de merced u otras cesiones o asignaciones hechas por el Estado a favor de los indígenas, ello sobre todo con motivo de cumplimiento de resoluciones o transacciones, judiciales o extrajudiciales, relativas a tierras indígenas, pudiendo la persona o comunidad involucrada presentar solicitud en la CONADI correspondiente. Luego el Director de la CONADI, previo informe jurídico administrativo sobre cada una de las solicitudes, resolverá sobre la base de los siguientes criterios prioritarios: 1) el número de personas o comunidades; 2) gravedad de las situaciones sociales para un alto número de familias o para toda una comunidad; y 3) antigüedad del problema de magnitud en la comunidad respectiva. 

De esta manera, la política pública del Estado Chileno en materia de restitución de tierras, se ha centrado en abordar la problemática de las tierras indígenas a través de la acción de la CONADI y su Fondo de Tierras y Aguas, la cual establece como criterio fundamental la situación económica de los postulantes, no cumpliendo con los estándares internacionales en esta materia, ya que se centra en la superación de la pobreza como eje central, lo que se basa en un concepto económico de la tierra, como un factor productivo, y no como un elemento propio de la cosmovisión indígena. Además, aún no existe un catastro de tierras y aguas indígenas que permita cuantificar la demanda y posibles soluciones de reparación. 

En efecto, el Convenio 169 se refiere a aquellas tierras que “tradicionalmente ocupan”, lo cual significa que no sólo se protege las tierras ancestrales ocupadas en la actualidad, sino que también aquellas ocupadas recientemente y que han sufrido situaciones de despojo y/o desplazamiento forzado, en donde se requiere consentimiento libre e informado. Asimismo, debido a la importancia que le otorga a la tierra el Convenio 169, las políticas en torno a derechos territoriales de pueblos indígenas se basan en torno a la idea de “restitución”, en contraposición con el concepto de “entrega” u “otorgamiento” que contiene la Ley 19.253. De este modo, no existe en nuestro ordenamiento jurídico un mecanismo legal de restitución de tierras, que reconozca el legítimo derecho del pueblo Mapuche sobre su territorio, sino que simplemente hay una mera compra de tierras. 

Ahora bien, en cuanto a la institucionalidad ambiental, cabe decir que la Constitución Política de Chile de 1980, innovó respecto de sus predecesoras, consagrando en su artículo 19 Nº8, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Asimismo, el artículo 20, que consagra el Recurso de Protección, si bien tradicionalmente ha incluido en su listado sólo derechos individuales, dejando fuera derechos colectivos, económicos, sociales y culturales; protege expresamente el artículo 19 Nº8. La Constitución encarga a la ley definir el contenido de este derecho, y la Ley N°19.300 de Bases del Medio Ambiente, influida por la Declaración de Río de Janeiro de 1992, otorga una concepción amplia de lo que es el medio ambiente, incluyendo “elementos socioculturales”, es decir, que se puede producir una afectación al medio ambiente cuando se afecta la estética de un lugar, equilibrio del ecosistema cultural o contaminación visual. Asimismo, luego del Informe de Desempeño Ambiental de Chile, de la OCDE el año 2005, que recomendó profundas modificaciones a la institucionalidad ambiental Chilena, sobre todo en cuanto a los sistemas de fiscalización; se dicta la Ley N° 20.417 el año 2009, con la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente (MMA), la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y el Servicio de Evaluación ambiental (SEA). Finalmente, con la dictación de la Ley N° 20.600 el año 2012 se crearon los Tribunales Ambientales, lo cual ha hecho que la jurisprudencia de la Corte Suprema en materia de Recurso de Protección varíe, reservándose éste sólo para casos en que haya una afectación inminente de derechos fundamentales, dentro de ellos derechos indígenas; debiendo recurrirse a la institucionalidad especial de los Tribunales Ambientales, cuando la discusión gire en torno a aspectos procedimentales o meramente formales. El problema es que la gran mayoría de los casos que se judicializan, se refieren a proyectos de inversión que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el cual si bien fue diseñado para determinar cuándo un proyecto o actividades son susceptibles de causar impacto ambiental que deba ser mitigado, compensado o reparado, de acuerdo a los criterios del artículo 10 de la Ley 19.300, también ha pasado a incluir a la consulta indígena en dicho procedimiento. De esta manera el SEIA consiste en un “único procedimiento integrado de observación y autorización de proyectos de inversión, de modo que inevitablemente convergen en él potestades e intereses diversos que lo convierten en un proceso deliberativo y difícil de administrar”. Ahora bien, un proyecto de inversión puede ingresar al SEIA ya sea por una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o por un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), dependiendo si se dan alguna de las situaciones o efectos contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300. 

Sin embargo, sólo cuando el proyecto ingresa vía EIA es necesario hacer un proceso de participación ciudadana y consulta indígena. De esta manera, no sólo no se contempla la consulta en proyectos que no deban ingresar mediante un Estudio de Impacto Ambiental (ingresan al SEIA mediante una DIA), sino que además la consulta indígena consagrada en nuestra legislación no se conforma con los estándares internacionales. En efecto, desde un comienzo, en el control de constitucionalidad del Convenio 169 de la OIT, el Tribunal Constitucional en su Sentencia Rol Nº 1050, ya señaló que la consulta indígena no podía constituir una consulta vinculante y que no implica una negociación obligatoria, sino una manera de “recabar opinión”. Hoy la consulta se encuentra regulada en dos normativas, el Decreto Supremo N° 66, que contempla el Reglamento General de la Consulta y regula el procedimiento de la consulta indígena en casos de medidas administrativas o legislativas que afecten a pueblos indígenas, y el Decreto Supremo N° 40, que establece el Reglamento del SEIA. De esta manera, coexisten dos sistemas de consulta en Chile, operando el DS 40 cuando estamos en presencia de proyectos de inversión del SEIA. Ambas disposiciones no se condicen con la normativa internacional. Las principales deficiencias radican en torno que se excluye de la consulta medidas que son susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas; no existe obligación del SEA de convocar una Consulta Previa Libre e Informada (CPLI) en casos de DIA, restringiéndose las hipótesis en que es obligatorio consultar, unido a los brevísimos plazos que establece el DS 40 para su tramitación; no se contempla la participación en los beneficios tal como lo exige la normativa internacional; y además, se critica que la consulta no esté regulada a nivel legal en vez de un reglamento de ejecución. En efecto, en una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en marzo de 2014, el gobierno chileno reconoció las deficiencias y se comprometió a enmendar el DS 40 para garantizar su concordancia con el derecho internacional sobre CPLI, sin embargo, ello no se ha cumplido a la fecha. Por otro lado, la idea de sustraer del SEIA las reglas de aplicación del Convenio 169, ha resultado ser un rotundo fracaso, sobre todo ya que las Cortes progresivamente han igualmente reconocido la necesidad de aplicar los estándares del Convenio. A partir de ello, algunos han pretendido ver una excesiva judicialización del SEIA, afectando con ello las inversiones debido a errores cometidos por la administración, y la ambigüedad o vacíos del marco legal vigente. Sin embargo, en el sistema chileno la impugnación de los actos administrativos está reconocida como una garantía para los ciudadanos, que adquiere el carácter de protección constitucional como lo reconoció el Tribunal Constitucional en la Sentencia Rol 2009-2011 . En definitiva, el SEIA ha concentrado e internalizado el déficit de política pública general en materia ambiental e indígena, por lo que judicialización es principalmente responsabilidad del Estado, y es un error creer que exista una especie de activismo judicial en materia indígena y ambiental.

En definitiva, la Legislación Chilena y políticas publicas en materia de reconocimiento de derechos territoriales y sobre recursos naturales para pueblos indígenas, sobretodo el Mapuche, requiere de una urgente adecuación a los estándares internacionales de derechos humanos, ello para abordar la deuda histórica que tiene el Estado con dicho pueblo. Si bien la Ley 19.253 significó un vital progreso para reconocer jurídicamente el pluralismo cultural que tiene nuestro país, ella ignoró las demandas mapuche en materia de tierras y recursos naturales, tiene un enfoque puesto en pobreza y desarrollo y no en derechos políticos, y se ha mantenido prácticamente sin cambios desde su dictación en 1993. ¿Qué avances se pueden hacer en nuestro ordenamiento jurídico para acercarnos más a los estándares internacionales de derechos humanos, en cuanto a reconocimiento de derechos territoriales y sobre recursos naturales de nuestros pueblos originarios?

RECOMENDACIONES

1.- El principal problema y punto de partida a resolver en la Ley Indígena, radica en torno a que el Fondo de Tierras de CONADI no ha hecho un debido catastro y demarcación de cuales tierras y aguas le pertenecen al pueblo Mapuche, para determinar cual es la demanda total de tierras. Ello es una obligación expresamente consagrada en el artículo 14 del Convenio 169, debiendo determinar “las tierras que ocupan tradicionalmente” y no sólo aquellas que fueron reconocidas a través de los Títulos de Merced. Una vez que se tenga mayor claridad sobre cuál es el territorio o tierras mapuche, podrá reconocerse derechos políticos, culturales y territoriales sobre los mismos y sobre los recursos naturales en ellos

Ya sea modificando la Ley Indígena N° 19.253 o dictando una nueva Ley para estos efectos, se debe reconocer, regular y hacer aplicables derechos colectivos a pueblos indígenas sobre medioambiente, territorio y recursos naturales, acogiendo los estándares que ha ido delineando el derecho internacional. Asimismo, en esta ley se debe regular y hacer aplicables aquellos derechos consagrados en normas del Convenio 169 de OIT, que el Tribunal Constitucional declaró como no autoejecutables, tales como la autodeterminación, asegurando espacios de autonomía para que determinen libremente su desarrollo económico, social y cultural; prioridades y estrategias en la utilización de sus tierras y territorios; permitiendo de esta manera mantener y fortalecer su propia relación espiritual con ella. 

2.- De esta manera, debemos avanzar en nuestra legislación desde una mera compra y entrega de tierras hacia un Mecanismo Legal e Integral de Restitución de Tierras, que reconozca derechos sobre su territorio, el cual no solo se evalúe desde un punto de vista económico, productivo, sino que incluya elementos de la cosmovisión indígena – lugares con plantas necesarias para conseguir su medicina (lawen) o medios de subsistencia tradicionales, sitios ceremoniales, arqueológicos, sitios donde habitan espíritus protectores de la naturaleza o ngen, o con especial significancia cultural o espiritual, etc – consultando a los interesados en cada caso, cuáles son estos elementos y lugares. Asimismo, debe dictarse una Ley de Patrimonio Cultural Indígena, conforme a lo dispuesto en al artículo 31 de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas.

3.- A su vez, todo proyecto de inversión que se pretenda llevar a cabo en territorio indígena, deberá consultarse, sin que se distinga entre aquellos que ingresan al SEIA por DIA o EIA. Para ello se requiere modificar las normativas que regulan la consulta (DS 66 y DS 40), esta vez mediante una Ley (dictada previa CPLI), la cual de luces sobre cuándo se está frente a una “afectación directa” y consagre el principio precautorio en materia ambiental (ante la duda y falta de certeza científica acerca de la ocurrencia de un daño ambiental, protegemos el medioambiente), de manera que Estudios de Impacto Ambiental tomen en consideración aspectos sociales y culturales. Esta debe ser la vía única de ingreso al SEIA, eliminándose las Declaraciones de Impacto Ambiental, que no contemplan mecanismos de participación ciudadana y consulta indígena, y tienen plazos más breves de tramitación.

4.- Si bien los artículos 6 y 7 del Convenio 169 son autoejecutables de acuerdo al Tribunal Constitucional, es necesario que la legislación interna precise y regule una consulta que cumpla con los estándares internacionales, consagrados en dichos artículos, y no sea ambigua o contenga vacíos legales. De esta manera, se reducirá asimismo la judicialización en casos de proyectos de inversión sobre tierras mapuche o que les afecten directamente. Asimismo, la legislación que regule la consulta deberá contemplar casos de consentimiento previo libre e informado, en especial, por relocalizaciones de comunidades indígenas y desechos peligrosos en su territorio, y establecer medidas para que se beneficien razonablemente de los planes, proyectos o programas llevados en su territorio, determinando porcentaje de ganancias.  

5.- Adicionalmente, es recomendable seguir el modelo Colombiano en cuanto a establecer una Unidad de Consulta, y sea el Estado quien lleve a cabo o supervise dichas consultas, y no cada empresa en particular. 

6.- Si bien el Estado es el garante de estos derechos, puede avanzarse enormemente también en cuanto a buscar un compromiso sobre la Responsabilidad de Empresas en respeto de derechos humanos, debiendo contar con políticas y procedimientos apropiados, en función de su tamaño y circunstancias, para identificar, prevenir, mitigar, rendir cuentas y reparar consecuencias negativas sobre derechos humanos. 

7.- Por otro lado, ante los graves problemas de escasez de tierras, especulación y sobreprecio, debe considerarse seriamente en algunos casos hacer uso de la expropiación, tal como lo sugirió Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato en 2003. 

8.- Finalmente, aún no se cumple el compromiso sostenido en Pacto de Nueva Imperial, en cuanto a Reconocer Constitucionalmente a los pueblos indígenas, y consagrar un Estado Plurinacional, dando cabida a que puedan definir libremente su desarrollo, instituciones, prioridades y asuntos internos. La Constitución Política Chilena, asimismo, debe avanzar en la relación del Estado y la propiedad de los minerales, recursos del subsuelo, el agua y demás recursos naturales, de manera de superar su excesiva concentración en concesiones cuya propiedad en manos de privados, es protegida por la misma Constitución. Debe equilibrarse mejor la relación entre el derecho de propiedad – que actualmente recibe una protección muy robusta por sobre el resto de los derechos fundamentales – y el derecho a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el cual debe consagrarse siguiendo los estándares y principios contemplados en tratados internacionales, tales como el principio precautorio, “el que contamina paga”, solidaridad intergeneracional, interespecies, interterritorial, etc. Si bien, actualmente se permite limitar el derecho de propiedad en virtud de la función social que ocupa la conservación del medioambiente, debe equilibrarse de mejor manera la balanza entre estos dos derechos, de manera de permitir una protección efectiva de la naturaleza. La Constitución debe superar su mirada antropocéntrica (centrada en el ser humano) y pasar hacia una ecocéntrica, consagrando derechos de la naturaleza o a la naturaleza en sí misma como sujeto de derechos y una acción popular que permita que cualquier persona – ONG y personas jurídicas incluidas – pueda solicitar a las Cortes que revisen si se ha vulnerado el derecho a un medioambiente sano. Asimismo, se debe avanzar hacia un Estado con un rol activo y solidario, dejando atrás el principio de subsidariedad que consagra actualmente. La Constitución debe garantizar de mejor manera el acceso a la justicia, información y participación, monitoreando que ello ocurra. Todo ello permitirá acercarnos a lograr un Desarrollo Sostenible, que permita satisfacer nuestras necesidades sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para hacer lo mismo, y que respete otras formas de vida y cosmovisiones, asegurando derechos colectivos sobre el medio ambiente y aquellos que detentan los pueblos indígenas sobre su territorio y recursos naturales.

Las nuevas fronteras para la acumulación de la industria del agave en la región mixteca una experiencia méxicana

David Cervantes.

Estudiante de antropología social de la Escuela Nacional de Antropología e Historia y defensor del medio ambiente, se ha centrado en investigaciones sobre el avance de megaproyectos y cambio climático en la región de la Mixteca Oaxaqueña y Poblana, ha trabajado con comunidades de la región de la reserva de la biosfera Tehuacan – Cuicatlan en procesos de defensa del territorio y construcción de autonomía. 

La producción de mezcal en México.

Con un aumento del 20% en la producción anual a pesar de una crisis generalizada el mezcal se ha convertido en una bebida que está conquistando los mercados de todo el planeta, siendo el segundo destilado con mayor producción en México con aproximadamente 7 millones de litros anuales. En el último registro disponible (año 2019), las exportaciones hacia Estados Unidos aumentaron un 50% superando incluso el consumo que se tiene en nuestro país.

En tanto, la producción de esta bebida se distribuye en México de la siguiente manera, un 90% se produce en el estado de Oaxaca, 2.5% en el estado de Puebla y el resto en Guerrero, Michoacán, Guanajuato, San Luis Potosí, Zacatecas y Durango, generando ganancias por mas de 3 mil millones de dólares anuales y más de 45 mil empleos a lo largo de la cadena (EXELSIOR, 2018). 

Sin embargo, al interior de este paisaje aparente de crecimiento económico se desarrollan una serie de relaciones desiguales que ponen en riesgo no solamente la originalidad de la bebida sino también a regiones enteras de nuestro país, especialmente las zonas donde crece el agave (materia prima para la producción de mezcal) y donde se destila. 

De ser una bebida que hasta hace menos de 20 años era despreciada por gran parte de la población, la producción de mezcal paso a convertirse en un agro industria que va abriendo nuevos mercados para la reproducción de capital en México, configurando territorios, destruyendo las antiguas formas de producción de mezcal y modificando las relaciones sociales dentro de comunidades. Lo anterior podría desembocar en un proceso parecido al ocurrido en jalisco con la industria de tequila o a lo que se vive en Colombia con los monocultivos de palma.

La Mezcalinización de la Mixteca.

La región Mixteca de Oaxaca y Puebla es un espacio de gran valor para la humanidad por su gran diversidad biológica y cultural, a través de millones de años la vida en sus múltiples manifestaciones ha evolucionado y diversificado en ecosistemas muy complejos que hasta ahora habían mantenido estable su metabolismo.

Tan solo para darnos una idea, en esta región habita un 70 por ciento de las familias de plantas vasculares de todo el mundo, es un centro de diversificación de agaves con 34 de las 159 que existen en el país, 15 de ellos utilizados para la producción de mezcal las cuales son: A. Americana, A. Macrocantha, A. Angustifolia, A. Karwinsky, A. Angustiarum, A. Lurida, A. Mapisaga, A. Marmotata, A. Potatorum, A. Salmiana, A. Scaposa, A. Titanota, A. Nusaviorum, A. Lyobaa y A. Convallis, lo que significa que casi cualquier agave mezcalero puede encontrarse en esta parte de México y algunos de ellos solo aquí, sin mencionar la gran diversidad de agaves híbridos producto de la polinización entre distintas especies. 

Es también un lugar donde habitan 47 de las 140 especies de Murciélagos, principalmente los del Género Leptonycteris que son fundamentales para la polinización de agaves silvestres y la mayor parte de las familias de plantas “siendo el municipio de Santiago Chazumba uno de los mayores refugios de esta especie en México” (Reyes Fernando, 2020).

En diciembre de 2019, Miguel Barbosa gobernador del estado de Puebla anuncio la creación de lo que pretenden sea la “planta destiladora de mezcal más grande de América Latina” proyecto desarrollado por tequila Don Ramón filial del agro industrial The iidea Company.

The iidea Company, es una empresa transnacional que produce derivados de agave, principalmente azucares y recientemente tequila y mezcal con la adquisición de la marca “Don Ramón”.  La empresa perteneciente a Álvaro Cetto Garollo ha financiado investigaciones para generar mecanismos de extracción y conservación de azucares de agave que permitan la producción de tequila y subproductos sin necesidad de la piña, dichas azucares derivadas de los agaves han tenido un gran éxito en el mercado debido a la facilidad con la cual el cuerpo la absorbe y la cantidad de fructuosa que contiene al estar terminada, lo que la convierte en un producto “orgánico” frente a un mercado acusado de causar más de 3 millones de muertes anuales en el mundo y provocas enfermedades como la diabetes.

La demanda mundial de azúcar llevo a la compañía a procesar 50 toneladas de agave al día para el 2011, lo que resultaba en aproximadamente 10 toneladas de jarabe de agave sin embargo el mismo Alvaro Cetto aseguro en ese año que estaban trabajando en el desarrollo de un proyecto con mayor inversión para poder logar una planta que produjera hasta 200 toneladas diarias de azúcar de agave aproximadamente mil toneladas de agave cada 24 horas (Expansion,2011).

” Lo que se pretende alentar es la inversión en el campo, a fin de tener asegurada suficiente materia prima. De hecho, su plan es presentar ante el gobierno estatal y federal un programa que apoye la siembra de 50,000 hectáreas de agave al año hasta llegar, en una década, a 500,000 hectáreas. “Toda esa producción puede transformarse en miel y puede exportarse a los mercados mundiales; existe la demanda” aseguro en una entrevista (EXPANSION,2011).

En este contexto, la empresa busca rentar 40 mil hectáreas de tierra para convertir a la región mixteca de poblana en una fábrica de agave que abone a las necesidades del mercado mundial del azúcar y los destilados. 

Considerando que la industria tequilera se abastece de 70 mil hectáreas de tierra de 5 estados del país, la siembra de este monocultivo de proporciones similares a las plantaciones industriales de palma en Colombia transformaría el paisaje mixteco para siempre, llevando a la región a una crisis climática y social sin precedentes.

Por otro lado, el boom del mezcal en la mixteca poblana ha llamado el interés de otros personajes algunos de la política mexicana como es el caso de Juan Jesús Lozoya Austin hermano de  Emilio Lozoya quien compraría el rancho “El gallo” de San Nicolas Huajuapan, Puebla, el cual produce aproximadamente 5 mil litros de mezcal mensuales y el cual también ha sido acusado de centralizar y lucrar con los programas sociales para familias mezcaleras en la región mixteca de Puebla así como de haber comprado la denominación de origen en ciertos estados de la republica con el objetivo de acceder a las reservas de agave silvestre. 

Un interesado más en las reservas de agave y la tierra de la mixteca ha sido el corporativo José Cuervo a través de su firma mezcalera “400 conejos” los cuales llegaron a la región de San Martin Atexcal hace aproximadamente 2 años para impulsar monocultivos de agave en las comunidades del municipio, pagando 4 mil pesos anuales por hectárea y generando contratos por 20 años. 

El riesgo de convertir a esta región de México en una enorme fábrica de agave aumenta con el programa del gobierno federal “Sembrando Vida” el cual considera a la región mixteca como una zona árida de baja productividad en la cual una alternativa para “detonar el desarrollo” es la siembra de agave en monocultivo.

Para 2020 se esperaba que el cambio de uso de suelo se efectuara en una extensión de 25 mil hectáreas, capacitando a más de 10 mil sembradores en la Mixteca, en dicho programa se capacita a familias campesinas para la construcción de semilleros donde se germinara la planta, así como también se ofrece planta lista para la siembra y capacitación para el manejo de las plantaciones. 

La siembra de agave en la mixteca definitivamente no obedece a necesidades locales que tienen los campesinos, sino a las necesidades de una industria que necesita de la planta para la producción de mezcal, una industria que ha despojado a los pueblos de su tradición, que ha roto los ciclos tradicionales de producción y ha convertido al mezcal en una bebida procesada como cualquier refresco o producto de supermercado.

Los proyectos de plantaciones impulsados por los gobiernos estatal y federal no es más que una estrategia que beneficiara con materia prima y mano de obra barata a corporativos como José Cuervo, The idea Company, coca cola Company y otras agroindustrias productoras de azúcar, destilados y biocombustibles. 

Foto: contraste entre los nuevos terrenos deforestados para la siembra de agave (izquierda) y el estado silvestre de los ecosistemas (derecha) en San Martin Atexcal Puebla.

Foto: monocultivos de agave en Tepeji de Rodríguez. Fuente: Google Eart.

Monocultivos en region de 4 rayas, Mixteca Poblana. Fuente: Google Eart.

Selva Baja Caducifolia en buen estado de conservación, región de San Juan Raya y San Sebastián Fronteras, Puebla. Fuente: Google Earth.

La cara oculta de la biotecnología aplicada en el agave.

En 2020 la fundación produce Puebla y produce Sinaloa firmaron un convenio en coordinación con la universidad de Chapingo para desarrollar un banco de germoplasma de agave, dicho proyecto se suma al que se desarrolla en Tlaxcala desde el 2015. Los desarrolladores afirman que estos proyectos garantizaran la conservación de la diversidad de agaves amenazados por la industria del mezcal. 

Sin embargo, no se puede garantizar que el banco de germoplasma tenga sus únicos objetivos en la conservación del agave silvestre. Hoy en día “La bioeconomía está generando un mayor interés en el germoplasma vegetal como fuente de genes y rasgos que pueden ser explotados para producir materias primas de alto rendimiento destinadas a la producción de alimentos, combustibles, sustancias químicas y fármacos.” (ETC GROUP).

Para el año 2009, el mercado mundial de semillas y recursos fitogeneticos estaba valuado en 20,062 millones de dólares, para el 2022 su valor habrá ascendido a los 121 mil millones de dólares (El Exportador, 2016).

En el año 2017, CONACyT junto a Clarke, Modet & Co llevaron a cabo una investigación titulada “Uso industrial del agave en sectores agricultura, manejo integral de residuos, medicina y químico” con el objetivo de darle a conocer al Gobierno Mexicano las oportunidades de negocio que la agro industria del agave puede abrir en México, en un reportaje realizado por Expansión, se menciona incluso que ya existen inversionistas interesados en la inyección de capital entre las cuales se encuentra, Thyssen Krupp AG, PISA, Abengoa bioenergy (biocomustibles), Plastinova, Soluciones biodegrádales, Plastinova, African Sisal, L´Oréal y Mascoma, las cuales tienen el objetivo de producir derivados de agave para la industria agroalimentaria, farmacéutica, biocombustibles y para el uso cosmético.

“El estudio permitió identificar que actualmente hay 542 patentes de diferentes países, relacionadas con productos elaborados con agave o con procesos y técnicas industriales para aprovechamiento de diferentes componentes de la planta, desde azúcares hasta fibras. Sus autores consideran que el número de patentes podría crecer más de tres veces si la industria mexicana descubre que hay una gran oportunidad de negocios en el uso ordenado de este vegetal (Expansion,2017).

En este sentido, los bancos de germoplasma funcionan como laboratorios para producir tipos de semilla que modificada puede aumentar la producción en condiciones climáticas especificas los cuales están íntimamente ligados a la industria de agroquímicos y el mercado de patentes y propiedad intelectual el cual podría restringir el uso tradicional de las semillas. 

“en otras palabras, las semillas son ahora como teléfonos celulares o computadoras portátiles- recipientes que contienen tecnología patentada” (ETC GROUP,2017).

En la última década los avances tecnológicos han llevado a que la industria de la bio tecnología pueda apropiarse de los códigos genéticos sin necesidad del ADN original de las plantas, lo anterior permite construir digitalmente organismos vivos con ADN sintético, diseñarlos al gusto o las necesidades del mercado y mercantilizarlos a través del internet como cualquier otra mercancía con la opción de comprarla y descargarla para posteriormente darle vida en cualquier laboratorio del mundo. 

Estos intereses quedan aún más claros a través de una historia que narra un campesino de San Juan Raya, Puebla. Hacia el año 2014, una investigación financiada por la farmacéutica Bayer extrajo de la reserva de la biosfera Tehuacán – Cuicatlán material fitogenetico con el objetivo de desarrollar proyectos de conservación de germoplasma y cultivo in vitro ex situ. El campesino San Juanense me cuenta:

 “nos dijeron que con las plantas iban a crear nuevas medicinas y que nosotros íbamos a ganar mucho dinero si les permitíamos extraer especies, dicen que de San Martin se llevaron Varias.”

Apocalipsis para los ecosistemas de Tehuacán – Cuicatlán. 

Al interior de estos proyectos que la industria visualiza para el futuro en la región, hay algo de que no se habla, incluso se niega. La crisis ambiental. 

En el año 2018, fue publicado un programa de adaptación al cambio climático de la reserva de la biosfera Tehuacán – Cuicatlán financiado por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo mundial para el Medio Ambiente (GEF) en coordinación con la Secretaria de Medio Ambiente y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. 

En el documento de 166 páginas, no se hace mención de la presión que la industria está generando en los ecosistemas de la región ni de cómo esta presión es causa del cambio climático en la zona. Básicamente este programa se encarga de justificar como las comunidades rurales campesinas e indígenas de la reserva a través de sus actividades de subsistencia están cambiando el clima y de cómo tendrán que adaptarse a condiciones climáticas apocalípticas en un futuro cercano.

Independientemente de esto, el programa genera información relevante a través de un pronóstico de variabilidad climática que consta de 3 periodos de análisis (1951-1980), (1961 – 2000), (1981-2014) y 2 ventanas de tiempo (2015-2039) y (2075-2100).

De acuerdo al análisis, de 1951 al año 2014, la temperatura de la región aumento 0,67 grados centígrados, la precipitación pluvial disminuyo 16 mm y la concentración de dióxido de carbono se elevó de 385 ppm a 410 ppm, lo que significa que el clima de la región presenta una tendencia a ser cada vez más seco y a tener una mayor pérdida de vegetación y humedad, menor precipitación, mayor escases de agua, perdidas en la agricultura, más incendios forestales y plagas.

Para el año 2009 los registros de sequías en la región pasaron de 10 a 50, rebasando además en ese mismo año el registro histórico de temperatura máxima. Así mismo la temporada de lluvia lleva una tendencia a ser cada año más corta y con lluvias más intensas. En 2009 los eventos de lluvias intensas en la región pasaron de 5 a 25 y para el año 2012 aumento a 90 registros. Al traducir lo anterior en pérdidas para la agricultura (actividad fundamental para las comunidades) en la Mixteca se está generando una pérdida anual de más de 100 mil hectáreas de cultivo de temporal, más de 20 millones de pesos. (PACC-RBTC).

Para las ventanas de tiempo (2015-2100) el pronóstico climático nos alerta de un aumento en la concentración de CO2 en la atmosfera que puede alcanzar las 936 ppm y en la temperatura un aumento de 4.23 grados. En lo que corresponde a la precipitación, el pronóstico para finales de siglo indica una disminución de 161 mm lo que representa una disminución del 20% del volumen total de agua que tenemos hoy. 

En los próximos 80 años, la crisis ambiental se verá reflejada socialmente en la falta de acceso a la alimentación y al agua potable lo que a su vez traerá un aumento de enfermedades, la pobreza extrema aumentará y con ello los índices de migración llevando consigo a los primeros grupos de desplazados climáticos de la región. 

En los ecosistemas, el avance de la desertificación, la erosión, la perdida de humedad, las plagas y el aumento de temperaturas pueden llevar a la extinción de especies polinizadoras y esto a su vez la extinción masiva de especies de flora endémica.

Bajo estas condiciones, la vida silvestre y de las poblaciones humanas será cada día más difícil, lo que llevará a una mayor disputa por el control y abastecimiento de recursos.

Reflexiones finales.

The idea Company, Coca cola, José Cuervo y todos los convenios que se derivan de empresas como estas, vienen acompañados históricamente de un discurso de desarrollo social – sustentable que promete todo tipo de beneficios a cambio de firmar engañosos contratos de arrendamiento de territorios comunales, ejidales y también de pequeñas propiedades privadas. 

Esto representa un espejismo en tanto las declaraciones del gobernador de Puebla y las transnacionales auguran inversiones multimillonarias y aseguran que el agave es el nuevo “oro verde” para la región, pero se oculta tras los discursos la forma de distribución de la riqueza, el impacto ecosistemico que representa reconvertir más de 50 mil hectáreas de bosque nativo en plantantaciones y el despojo de recursos que traería consigo. 

En las reglas de contratación de estas empresas, se pagan hasta 4 mil pesos anuales por hectárea a campesino, se solicitan los desmontes de dichos terrenos y se siembran hasta 5 mil plantas por hectárea a los cuales se les procura con agro tóxicos para acelerar su desarrollo, evitar malezas y plagas. La mayoría de estos contratos se firman por 20 años, un tiempo en el que la tierra queda sin nutrientes e impide la posibilidad de volver a sembrar algo más. 

La instalación de la planta destiladora más grande de México y el avance de monocultivos de José Cuervo y Tequila Don Ramón generara una demanda de agua para alimentar los procesos industriales de producción en la planta tequilera, así como para el funcionamiento de sus sistemas industriales de riego en más de 50 mil hectáreas, introducirá nuevas especies de agave y habrá un aumento en la perforación de pozos de agua lo cual aumentara el desabasto.

Cada ecosistema de nuestro planeta se encuentra conformado por cientos de miles de seres vivos, micro organismos, plantas, animales que conforman una cadena perfectamente equilibrada a través de intercambios bioquímicos y energéticos entre los que la componen, a este funcionamiento de la naturaleza podemos llamarle metabolismo. 

Los planes agro industriales para la region Mixteca, ademas de detonar un incremento exponencial en la tendencia del calentamiento atmosférico y el estrés hídrico en la region va a generar una fractura en el proceso metabolico de los ecosistemas desencadenando una serie de eventos biológicos al interior de estos que pondrían en riesgo el tan elogiado patrimonio mixto de la humanidad.

En este sentido, el problema ambiental que ha desencadenado el mezcal se localiza en los niveles industriales a los que ha llegado la producción y los mecanismos para acaparar y generar la materia prima. Utilizando sistemas tecnológicos sumamente dañinos, apoderándose de los recursos genéticos, de la tierra y de la fuerza de trabajo de los campesinos, es de acuerdo a esta lógica que de los más de 7 millones de litros de mezcal que se destilan anualmente más del 50% lo hacen 5 empresas las cuales pertenecen a grupos empresariales que ninguna relación han tenido con el territorio y con la tradición.

Por último, la producción de mezcal exige formas planificadas de manejo forestal que estén diseñadas de acuerdo a la capacidad para la regeneración de los ecosistemas, que sean administrados y organizados por mujeres y hombres que habitan los territorios no por coca cola Company o tequila Don Ramón, que sean pensadas y escritas combinando el conocimiento campesino y el de científicos militantes o no militantes, pero consientes de la importancia de la tierra y las distintas formas de vida. 

En este contexto, la articulación, la organización y la movilización de las comunidades de la reserva de la biosfera y de la región Mixteca para impedir el avance de los monocultivos y detener la construcción de las plantas destiladoras será decisiva para asegurar la conservación de la diversidad biológica y cultural de nuestros pueblos, así como el acceso al agua.

Bibliografía.

Para un concepto de TERRITORIO con estatus Constitucional

Diego Cerda Seguel.

Sociólogo y autor nacido en Concepción en 1973, con estudios, diplomas y publicaciones desde el año 2000, en ámbitos tales como la teoría y filosofía política, geopolítica, historia, tecnologías, medioambiente y sociedad. Desde el año 2005 propone e impulsa el concepto de la geosemántica social, orientado a una nueva definición del concepto de Territorio generado desde abajo hacia arriba, que incluye el planteamiento de una plataforma digital participativa, la cual tiene como idea central el ‘hacer hablar a los lugares’ a través de las voces de los ciudadanos.

Este texto sobre el concepto de Territorio tiene una vocación constituyente, pues se inscribe en el marco de la tarea de redactar una nueva Constitución para la República de Chile. De manera regular, en los distintos debates y presentaciones se alude al concepto de Territorio y su relevancia en la nueva constitución, sin detenernos a definir de manera explícita a que nos referimos, siendo este concepto un protagonista tal vez central del proceso en ciernes. A continuación, hacemos un ensayo tendiente a esa definición. Para esto se problematiza el concepto de Territorio continuando un trabajo sostenido de más de 15 años, que se desliza a través el concepto de geosemántica social, que desarrolla la ecuación teórica:

TIERRA + SENTIDO = TERRITORIO

Las investigaciones derivadas de esta línea de trabajo están íntimamente apegadas al fenómeno de los mapas digitales en internet, en tanto que estos mapas son soporte de anotaciones sociales contingentes que poseen un impacto potencial sobre el espacio geográfico de la comunidad hasta alcanzar el nivel político y microgeopolítico.

Desde hace tres décadas trabajo con lecturas, observación, notas y escritos sobre teoría política, esto lo he realizado por una variedad de entradas, que incluyen un origen en Tucídides y Polibio; siendo de importancia evidente el que hace 30 años se desmoronaba la Unión Soviética y el nivel de incertidumbre ideológica planteaba un desafío intelectual, válido y auspicioso, que ha tenido como objetivo vital y profesional, poder avanzar en la comprensión del horizonte político de nuestra sociedad, especialmente frente a la Esfinge existencial de un mundo en emergencia: un siglo XXI de mayor concentración, ya propiamente neofeudal y neocolonial de la riqueza; el arranque de los motores de Inteligencia Artificial; la mano de obra robótica; la edición genética y la nanotecnología con mayúsculas; las pandemias, así como de otras novedades disruptoras que exigen nuevos marcos de entendimiento paradigmático del poder y el contrato social que lo faculta.

Hace 17 años estas investigaciones tuvieron un desvío paulatino hacia lo socioespacial en los mapas digitales, lo que entregó otra perspectiva para facilitar la formulación de un concepto de territorio que integre las consecuencias culturales del cambio socio tecnológico. 

Inicié con la observación sociológica de los sistemas de información geográfica (SIG), en tanto dispositivos al servicio del Estado y de grandes intereses geoestratégicos privados, como medio electrónico de prospección, planificación, programación, sensoramiento y catastro, del espacio geográfico, el cual ha demostrado una capacidad inmensa como medio de intervención lucrativa del capital sobre el paisaje y como herramienta de desarrollo económico territorial para los diseños gubernamentales, proveyendo con la capacidad de resignificar los grandes espacios de tarea; objeto de la minería, la agricultura industrial, la explotación forestal, la generación y transmisión de energía eléctrica. Esta observación abrió una visión del territorio que posteriores avances tecnológicos harían emerger con mayor claridad.

Hace 15 años Google lanzó su software de descarga gratuita Google Earth y este lanzamiento constituyó un acontecimiento trascendental en términos de su impacto proyectivo para un concepto novedoso del territorio; derivado de la facilidad de uso (amigable), así como su pronta popularización y masificación (1). Coincidentemente, alrededor de aquellos años el autor Stuart Elder (2), dio cuenta de la falta de un concepto de territorio con una definición clara y unívoca, careciendo de una acepción dedicada que lo defina. Por el contrario, su existencia y uso cotidiano como operador de la propia teoría política, había sido no problemática en la medida en que su definición se daba por sentada. Es raro esto: que un concepto de la trascendencia y poder operativo como el de territorio nunca haya sido problematizado debidamente. Elden propone el intento de hacerlo, en 2010 publicó el artículo ya citado, titulado «Land, Terrain, Territory» (tierra, terreno, territorio), el cual es relevante para entender la necesidad de una definición de territorio ante la carencia de una definición filosófica y científica del mismo, señalando que no existe un estudio conceptual e histórico del territorio y que en general la teoría política la ha tratado históricamente como concepto dado, desconociendo la posibilidad que tenga un contenido propio, que Elden toma como desafío desarrollar. En este contexto de vacío semántico del territorio, que trasluce una entelequia discursiva, toma mayor relevancia el surgimiento de propuestas de definición novedosas como la que se revisa y amplía a continuación.

El año 2008 publiqué (3) una propuesta conceptual novedosa que abría el camino a una definición del concepto de Territorio utilizando un sistema de ecuaciones narrativas. En su desarrollo integraba el contexto material del cambio social tecnológico, asumiendo las consecuencias de la integración de los recursos digitales al mundo de la vida; en el sentido que señaló Manuel Castells al afirmar que “Internet es el tejido de nuestras vidas” (4), de este modo, integrando la aparición de recursos de software y aplicaciones de globos y mapas digitales tales como Google Earth y Google Maps, World Wind de NASA, Open Street Maps, así como otras menos conocidas, se creaba un suelo, un topos, que permitía asentarse en la práctica cotidiana de revisar y consultar mapas de parte de los usuarios de internet a nivel mundial, impactando en su relación con el espacio geográfico representado y la vivencia social asociada a esas experiencias.

En la medida que nuestra sociedad se transforma en una cibersociedad, adquiriendo una expresión virtual, que soporta y refleja nuestra existencia sobre plataformas electrónicas; la puesta en marcha de los mapas digitales significó también poner a disposición de las personas una nueva forma de representar, entender, interactuar, comunicar e incidir sobre el espacio, la geografía, el paisaje y el territorio.

Desde luego este proceso es dependiente de un movimiento de masificación y apropiación social de estas plataformas y del sentido profundo de dicha apropiación con un impacto cultural y existencial, que es el que está en el centro de la definición propuesta: los mapas digitales pueden ayudar a construir territorios a favor de la comunidad, los habitantes, los vecinos, las personas y sus afinidades socio espaciales asentadas en un sentido de lugar, especialmente pero no exclusivamente pensando en el mundo rural; también aplicable a los barrios urbanos con raigambre y representación de un lugar propio y compartido; comunitario. Así como los SIG han ayudado al capital y a los estados a planificar los territorios como sujetos apropiados, esta vez la dimensión social del mapa digital abre al uso cultural una herramienta profundamente cívica, para significar los lugares como territorios de auto reconocimiento.

Para ello se propuso el concepto de geosemántica social, llamando a la semántica para ser enfocada como campo y medio de significación diferencial de los espacios, lugares, paisajes y geografías, lo que corresponde a la partícula ‘geo’. Geosemántica social quiere decir que la sociedad ahora es capaz de significar ontológicamente un espacio o lugar; la comunidad local encuentra las herramientas para significar su territorio local y con ello sustancializar de forma válida y gráfica dicho territorio; saliéndose de la estrechez de una definición limitada a una lógica jurídico administrativa vertical del Estado, incluyendo la incumbencia de intereses de nivel geoestratégico de multinacionales, del mercado de bienes raíces o de la lógica militar; pasando a una sustancialidad comunitaria sobre lo que es el espacio local, asumiendo elementos de identidad, vecindad, ancestralidad, habitus y costumbres asociados al conocimiento y simbiosis con los equilibrios naturales históricos de los territorios.

En la medida que ‘internet es el tejido de nuestras vidas’, los recursos dispuestos por la electrónica, la realidad digital impacta en nuestra percepción y actuación sobre el mundo. Antes, la televisión definió la realidad a través del velo de la mediatización, llegando a acaparar un significativo poder social en ello, válido hasta hoy, del mismo modo internet, en estos 20 años de invenciones y penetración, con software, aplicaciones y artículos electrónicos portables y disruptivos, asumimos que su impacto sobre la vida es de una significación cardinal, desde el nivel cultural hacia un sentido común informatizado.

Tras 15 años de la disponibilidad de mapas digitales de uso masificado, podemos también constatar que el propio entendimiento del entorno local empieza a ser intervenido por la capacidad de identificarse con representaciones socioespaciales de la geografía, siendo el paisaje el principal. En adelante el territorio no puede ser concebido sin atender a lo que pasa en los mapas digitales sociales, como veremos sus dinámicas pueden adquirir un protagonismo desconocido. En adelante, una ontología del espacio significativo no puede ser construida sin considerar y utilizar los rendimientos facilitadores y democratizantes que subyacen en los mapas digitales de internet, los que han sido trabajados desde el concepto de geosemántica social. Para ello fijemos nuestra mirada sobre el ecosistema más recurrido de mapas: el de Google.

En octubre de 2019 se inició un estallido social en todas las ciudades de Chile simultáneamente, sin embargo tuvo un centro geográfico en una Plaza rotonda, llamada popularmente como plaza Italia; siempre concurrida y magneto de masas en las celebraciones y en la protesta; se llamaba Italia por una confusión con otra plaza vecina existente en un continuo de áreas verdes que adorna un nudo vial con rotonda; que es de carácter estratégico, conectando los cuatro puntos cardinales del área metropolitana, pero cuyo nombre oficial es Plaza Baquedano. Durante el estallido, esta plaza fue propuesta en Asamblea del pueblo con un nuevo nombre: Plaza de la Dignidad, esto ocurrió in situ, pero también en las redes sociales, obteniendo una masiva aprobación, hasta constituirse de hecho como una toponimia consolidada.

En ese proceso ocurrió que este nombre fue formulado ante la plataforma Google Maps; puesto que esta plataforma permite la posibilidad de sugerir nombres para los lugares, y además, que otras personas puedan votar y patrocinar el nombre sugerido mediante su votación. De este modo, al tiempo que la gente popularizaba la nueva denominación Plaza de la Dignidad en la comunicación directa y las redes sociales digitales, alguien también anotó este nombre sugerido en esta plataforma y muchos apoyaron este nombre, el resultado fue que durante unos días apareció en Google Maps el nombre “Plaza De La Dignidad” como etiqueta descriptiva de dicho punto geográfico. (Ver imagen siguiente).

Siendo Google una corporación multinacional no fue extraño que en pocos días el nombre popularizado Plaza De La Dignidad desapareciera del mapa y volviera a ser etiquetada como Plaza Baquedano.

Actualmente la plataforma acepta las sugerencias de cambio de nombre pero no actualiza la nueva sugerencia. Es probable y tiene sentido, que el sistema esté protegido contra el vandalismo, para controlar la publicación de ofensas y palabrotas sobre lugares públicos, pero esta medida en realidad aquí actúa para bloquear nuevas sugerencias estableciéndose de este modo la censura geosemántica, que entraría como un novedoso tipo de censura toponímica.

Esto puede constatarse también en Wikipedia (5), dónde la entrada Plaza Baquedano se encuentra bloqueada para editores no formalizados. De hecho es posible revisar el debate de los usuarios registrados; allí se hace notar la acusación de censura a la plataforma. Wikipedia y Google se manifiestan de este modo como agentes de la posverdad, poniendo límites y dificultando la expresión popular y su definición de territorio, de abajo hacia arriba, desde la base social hacia las instituciones.

En la medida que Google alteró la voluntad popular de renombrar la Plaza de la Dignidad, y devolvió el nombre original designado por el Estado como Plaza Baquedano, desconociendo el autor de este escrito qué criterios se usaron para actuar así – y se puede suponer que fue el Estado de Chile el que ofició a Google para que procediera de este modo; Google se ha convertido en parte activa de este conflicto social. Parece ser que para Google el lado correcto es el del Estado, aunque ese estado reprima manifestaciones, mutile personas y viole sistemáticamente los Derechos Humanos. Y desconociendo, por otro lado, lo que señalan miles de cibernautas que apoyan testimonialmente en su plataforma el rebautizo de la Plaza.

Toda esta dinámica descrita nos acerca a comprobar la hipótesis planteada en mi ensayo ya citado, titulado “Tierra, Sentido y Territorio..”  publicado el año 2008 a pedido del MediaLab – Prado de Madrid, España. Desde la geosemántica social se propuso una ecuación para definir los territorios, cada territorio de cada comunidad local; observemos ahora como el principio propuesto en la ecuación: Tierra + Sentido = Territorio , es aplicable en el contexto del acontecimiento del Estallido social más importante y reciente en la historia de Chile.

Se postula que los mapas digitales sociales de fácil anotación, de alcance social (Web 2.0), permitirían que cualquier persona anote su definición de un lugar, y que esta pueda ser patrocinada (likes) o rechazada por una comunidad cibernética asociada a un territorio geográfico, quienes con su voto y opinión pueden avalar una lectura del lugar, la que asienta el terreno para un territorio cívicamente fértil. La anotación sobre mapas digitales puede generar sustancia de territorio, y la votación, su validez requerida, estableciéndose por este método nuevas cardinalidades socioespaciales – sentido cardinal territorial -, donde el territorio encuentra su norte y su sur, proveyendo la capacidad de orientación ontológica y práctica para su continuidad; reforzando la confianza y entregando energía suficiente para ayudar a constituir como territorio el espacio de la comunidad. En una mayor escala geográfica, esta dinámica permite definir los territorios de acuerdo a la visión de una comunidad que conoce, vive y siente los lugares de una forma determinada, que no tiene relación necesaria a cómo el Estado – y sus cuadros funcionarios – o los intereses de los grandes grupos económicos y terratenientes, entienden y definen el territorio local en tanto territorio de faena.

Continuando esta línea de trabajo, en 2014 publiqué otro artículo planteando que la dinámica de anotación de lugares y su votación por parte de otros cibernautas — apoyando o rechazando las propuestas toponímicas territoriales, obedece a un nuevo campo denominado microgeopolítica de la comunidad local (5).  El texto “…intenta mostrar la relación entre el emergente poder territorial que levantan las comunidades locales frente a decisiones del estado y privados, y las potencialidades de la comunicación de sus causas sociales mediante mapas digitales”. Dirigiendo el esfuerzo “…hacia una significación constitutiva del espacio geográfico por el cual las comunidades están dispuestas a confrontar grandes poderes, al costo que sea. Cuando el Estado nación habla de voluntad soberana, de manera teórica e inmaculada, nosotros hablamos de voluntad soberana desde las raíces del territorio, desde la identidad local, desde la voluntad de defensa de un espacio geográfico significativo y vital para sus habitantes.” “El mapa digital como medio de comunicación tiene la capacidad de obtener apoyo en el mundo virtual mediante la difusión y discusión en redes sociales, un apoyo que se traduce en votos mucho más allá de las fronteras locales, nacionales, regionales, entregando de este modo una validación propiamente democrática, mediante el sencillo acto de votar en plataformas virtuales.” No es necesario redundar respecto del episodio de la Plaza De La Dignidad, pero se hace notar la extensión no necesariamente local del público incumbente.

En 2015 publiqué un extenso artículo científico “Mapas digitales y sociedad…” (6), allí se hizo revisión del estado del arte de los mapas digitales sociales y se puso hincapié en las ventajas del desarrollo de mapas digitales colaborativos, orientados desde la lógica de semantizar los espacios de la comunidad para cargarlos de poder territorial, sembrando semillas de territorio en cada anotación sobre el mapa, para conseguir su reconocimiento e institucionalización bajo la posible tutela y protección del Estado.

Los territorios son agregaciones de sentido de habitar común, pero han demostrado su gran debilidad frente al Estado y los proyectos privados disruptores; esos espacios han sido llevados a un arrinconamiento existencial que incluye, entre otros abusos: la apropiación de las aguas y la consecuente sequía que ha destruido valles enteros a favor de la agroindustria y la minería. La investigadora Belén Pedregal, de la Universidad de Sevilla, ha planteado la necesidad y oportunidad dada por los mapas digitales colaborativos orientados a la justicia ambiental del agua (7). En su desarrollo plantea la importancia del mecanismo antes descrito tomando como referente mi trabajo: “La proliferación de herramientas y aplicaciones on-line de interfaz cada vez más sencillas y amigables ha propiciado la utilización social y también crítica de la cartografía a través de intercambios  colectivos  en  la  elaboración  de  narraciones  y  representaciones  que  pueden confrontar otras que se consideran hegemónicas (Cerda, 2015).“ Con ello actualiza la urgencia de poner en obra la realización de metodologías de mapas colaborativos que, de manera unificada, mediante curatoría de contenidos cartográficos, con el apoyo de expertos y voluntarios que se transformen en instrumentos ciudadanos constitutivos, se siembren testimonios de territorio como semillas del espacio social. En otro trabajo publicado por Pedregal y Laconi (2018) concluyen respecto de la importancia de la participación y trabajo colaborativo tratando el problema de su financiación, entre otros puntos que “…Las experiencias académicas e institucionales, además, suelen ofrecer una información supervisada. Es de suponer que el modelo de gestión supervisado necesita más recursos para mantenerse en el tiempo: es el caso del proyecto Mapa de los conflictos socio-ambientales de Chile, cuyo estado de abandono puede relacionarse con la falta de financiación.” (8)

Big data. La Dra. Claudia Ardini, de la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, ha planteado este año un interesante estudio sobre el Big data en política (8), donde presenta el fenómeno de la apropiación y procesamiento de perfiles sociales para su uso en favor de corporaciones y gobiernos.

Cito algunos párrafos relevantes que cruza referencias a mi trabajo atingentes a este texto:

“Habilitado por la tecnología, el big data surge como elemento capaz de potenciar los estudios de mercado, a partir de los sistemas masivos de recopilación y gestión de datos CRM (Customer Relationship Management), para optimizar a niveles impensados la gestión de clientes. Cuantos más datos se tienen acumulados de los clientes, mayor es la capacidad de diseñar y generar formas de comercialización a medida. Junto con esta colosal acumulación de datos, aparece simultáneamente la geosemántica, «como examen y expectativa del manto de sentido a la vista con los medios comunicativos e interactivos de georreferenciación social» (Cerda Seguel, 2015).”

“Esto es posible a partir del desarrollo de capas de información y de geolocalización realizado por Google, que identifica información sobre puntos determinados en el planeta y luego acumula datos sobre esos puntos. Esta acumulación de datos geolocalizada puede tener destinos diferentes. Así, para Cerda Seguel hay un valor social vinculado al sentido construido por las voces que hablan de un determinado lugar: Una vez que un lugar es hablado (anotado, georreferenciado) por usuarios y se abre al interés de otros individuos, comunidades, organizaciones y/o instituciones, puede adquirir un protagonismo nuevo en tanto lugar, pero también puede adquirir nuevas identidades de acuerdo a quienes hablen sobre dicho lugar; y en este acto, estas anotaciones sean entendidas como «voces del lugar», es decir: anotaciones que hacen hablar a un lugar. Las anotaciones sociales son el alimento de construcciones de sentido sobre los mapas digitales, que pueden adquirir aspectos, dimensiones y validez territoriales relevantes (Cerda Seguel, 2015).”

“Pero estos sentidos construidos a partir de la georeferenciación, son un insumo extraordinario de información para las corporaciones que gestionan esos datos. Así, estos dispositivos técnicos configuran el big data como posibilidad de gestión de las relaciones e interacciones humanas. El big data provee información que permite comprender la conducta humana y fundamentalmente predecir esta conducta. Hilbert Martin, especialista en big data, señala que «(…) con 150 likes el algoritmo de aprendizaje automatizado puede detectar tu personalidad y con 200 te conoce más que tu pareja. Y con 250 likes puede saber más de ti que tú mismo» (Landaluce, 2017).” Cierro citación.

Aquí se demuestra que estas tecnologías de análisis englobadas en el término Big data, tienen la capacidad de apropiarse de nuestros perfiles mucho antes de que nosotros logremos darle valor a nuestro favor. Así ocurre con las anotaciones cartográficas leídas desde la geosemántica social, reforzando la necesidad y la urgencia en tener una herramienta de mapa digital social colaborativo a favor de los ciudadanos, con una actividad de vocación cívica y de defensa del territorio, tanto más, en cuanto que son herramientas que el Big data ya conoce bien, y constantemente se alimenta de esa actividad.

Por otro lado, me resulta obligado entregar una advertencia más: en términos tecnológicos los territorios se enfrentan a una nueva amenaza: el uso inescrupuloso y extractivista de la herramienta LIDAR, para esto citaré un breve artículo propio, publicado recientemente en 2020 (10). “LIDAR (Light Detection and Ranging o Laser Imaging Detection and Ranging) es una tecnología que, para ser mejor entendida es algo entre radar y láser que permite penetrar y ver detrás de la superficie de la tierra; y, del mismo modo como los rayos X nos penetran y ven nuestro interior, logran penetrar y ver lo que hay a varios metros dentro de la superficie terrestre.” LIDAR también está presente en algunos proyectos de piloto automáticos de automóviles, entre otros usos.

“LIDAR no es una tecnología tan nueva, lo nuevo es su masificación y perfeccionamiento tecnológico, para llegar a la existencia de varios modelos de drones en el mercado listo para adquirir, que cargan esta tecnología. En Chile está disponible hace un tiempo.”

“LIDAR es un ojo ctónico, palabra que define el suelo desde una óptica mágico-sagrada: las religiones ctónicas son aquellas que hacen culto a la Madre Tierra que nos acoge como hogar. Con esta herramienta puesta masivamente en el mercado, para quienes puedan pagar 100 mil dólares por cada drone de prospección y un equipo de técnico con una carrera en LIDAR, el poder ctónico queda en manos de potenciales saqueadores.” Amenazando estos usos la historia de los territorios y los posibles vestigios arqueológicos de valor patrimonial, así como una posible explosión de proyectos mineros extractivistas.

Tomando en consideración estos últimos tres elementos: 1. La importancia de los mapas digitales colaborativos como medios de instituir descripciones locales de territorio, considerando la necesidad de justicia local sobre el caso del agua, pero extensible a otras dimensiones de conflicto socio-ambiental. 2. El poder del Big data que devora todas nuestras anotaciones y likes en plataformas electrónicas, avanzando en un conocimiento localizado de las personas, a favor de las corporaciones y gobiernos. 3. La irrupción del LIDAR en manos de entidades extractivistas, grandes propietarios de tierra y cíclopes que pretenden borrar la historia. 

Pasamos a proponer el rol del territorio como concepto constitucional explícito, ya que estoy convencido que la mejor forma de detener las conductas perversas de los pocos contra la población y los territorios, pasa por definir explícitamente este concepto. Poniendo con ello un freno definitivo a conductas que se permiten y prosperan dentro de constituciones que pueden estar llenas de buenas intenciones, deseos de protección del territorio y promoción de la justicia social, pero que no son capaces de detener el poderoso afán de un desarrollo orientado a la ganancia, alejada de valores humanos, comunitarios y ecológicos. Por ello sabemos que es mediante una definición constitucional del territorio desde el nivel orgánico constitucional (12), que describe la organización del Estado y que es por donde implícitamente se ha permitido las conductas depredativas, de extractivismo destructivo, de mala vecindad que atenta contra la prosperidad y buen vivir de la población, de acumulación desigual de la riqueza y de cárteles monopólicos intersectoriales. La definición de territorio se convierte en un instrumento orgánico que podrá describir minuciosamente cómo es que la comunidad es propietaria de la vocación de su territorio, alcanzando y disponiendo el control de la planificación y el ordenamiento territorial local en manos de la comunidad local, hasta dónde el paisaje marca la frontera con otros territorios locales.

ELEMENTOS PARA UN BORRADOR DE UNA DEFINICIÓN CONSTITUCIONAL DEL CONCEPTO DE TERRITORIO

El 25 de Octubre de 2019 tuvo lugar en la Plaza de la Dignidad una manifestación a la que asistieron cerca de dos millones de personas, replicada en cada ciudad del país. Estos manifestantes demostraron de forma pacífica que la visión político económica y social del Estado, propuestas por los gobiernos durante los últimos 40 años está quebrada y que no es posible continuar soportando el modelo económico de concentración de la riqueza, con neofeudalismo corporativo y arrinconamiento de las clases medias y trabajadoras. Por ello el pueblo de Chile ‘Despertó’ para exigir la redacción de una nueva Constitución Política, exigencia que venía siendo soslayada por la clase política de Chile. El reconocido jurista y abogado chileno Hernán Montealegre identificó este acontecimiento histórico como el inicio de un proceso constituyente para el cual el pueblo de Chile se auto convocó.

El 25 de Octubre de 2020 se celebró un Plebiscito Nacional con voto voluntario y en contexto de pandemia Covid-19, fue la mayor votación de la historia, según afirma el sitio oficial del SERVEL “la mayor participación en la historia de la República”, donde el 78,27% aprobó redactar una nueva Constitución.

Existiendo un inmenso impulso por fundar un nuevo contrato social y una nueva República donde vivir, tenemos enfrente un desafío existencial de la mayor envergadura en cuanto a responsabilidad social, política e intelectual. Aglomerando toda esa energía espiritual, impulsada por un malestar profundo con un sistema injusto e insustentable, que ha permitido la concentración de la riqueza y la expansión de la pobreza y desesperanza. Como sabemos en todas partes ese descontento viene estallando en paralelo desde el llamado primer mundo. En este contexto, la propuesta de una definición del territorio explícita dentro de la nueva Constitución no es quimérica y más bien tiene pleno sentido y lugar; formulando el territorio y los territorios donde un nuevo ordenamiento político tendrá aplicación y validez orgánica constitucional que entregue protección efectiva a la población y la naturaleza.

La Soberanía popular que encarna ese ordenamiento político, expresa también la voluntad de una población sobre un territorio, para dar una definición completa de ese espacio vital, una definición que como comunidad nacional otorgamos al espacio que habitamos y que se encuentra expresado en territorios singulares que adquieren personalidad propia y se sustancializan mediante la palabra y el discurso local, mediante la semántica; identificada como un poder de dar sentido constituyente al espacio, facultad soberana, que es necesario recalcar, cuya residencia está en la comunidad nacional. La comunidad es el territorio, en tanto establece un significado del espacio que reconoce como propio. De allí que la responsabilidad para llevar adelante y proteger los espacios, los paisajes, los lugares donde la comunidad se encarna y enraíza, recae en cada comunidad territorial local y en su capacidad de defender la esencia propia que la identifica como comunidad, la protección de esta regla es deber del Estado en la nueva República.

Ante el imperativo de detener la destrucción de nuestro planeta y de sus riquezas paisajísticas, biológicas y culturales, se debe establecer en Chile una definición Constitucional de derechos de la naturaleza, es decir: que la naturaleza posee derechos inherentes que se operacionalizan de acuerdo a la siguiente diferenciación dentro de la orgánica del funcionamiento del Estado. Los derechos de la naturaleza son en lo principal el derecho de la comunidad a mantener una protección, respeto, equilibrio y armonía con su espacio. La naturaleza y la comunidad son las partes vitales de esta relación. Allí donde la comunidad constituye su territorio, un equilibrio y armonía histórica es el sello de un territorio que el Estado deberá proteger activamente.

Esto se expresa de cinco maneras. 1) La relación de la comunidad nacional con el territorio nacional; 2) La relación de la comunidad nacional con los espacios no habitados, especialmente los grandes desiertos del norte, las altas cumbres a lo largo del país y las selvas lluviosas y los hielos del sur; 3) La relación de las comunidades rurales asentadas con raigambre sobre espacios, paisajes y recursos naturales. 4) La relación ancestral de los pueblos nativos originarios con una identidad y pertenencia espacial con carácter de herencia sagrada irrenunciable; 5) Espacios urbanos con sello barrial y comunitario y la necesidad de establecer límites a la actividad inmobiliaria teniendo como parámetro común la regla del buen vivir.

Importancia y jerarquía del concepto de territorio. A continuación, se plantea una definición Constitucional del territorio en un nivel de borrador que se espera sea un aporte al debate que se está dando, considerando que los redactores de la Constitución serán electos en abril de 2021, para formar la Convención Constituyente que tendrá un poco más de un año de plazo para concluir esta obra.

Existen dos conceptos de territorio funcionales para ordenar la nueva Constitución y que son expresiones de dos dimensiones espaciales complementarias y no contradictorias. En primer lugar, está el TERRITORIO NACIONAL, definido como la superficie geográfica que ocupa el Estado sobre el cual fija su Soberanía, definido y establecido por distintos instrumentos internacionales, especialmente en acuerdo con nuestras repúblicas vecinas de Argentina, Bolivia y Perú. Dicho territorio posee validez jurídica internacional que a su vez contiene un segundo concepto operativo de territorio, en segundo orden se encuentra el TERRITORIO LOCAL, aplicado especialmente a los espacios rurales, pero que se aplica también a los espacios urbanos barriales, el cual es definido desde un nuevo NOMOS DE LA TIERRA basado EN JUSTICIA a partir del sentido de los lugares y la convivencia social comunitaria, es decir: en tanto habitar comunitario histórico, ancestral y/o consuetudinario basado en costumbres comunes, en equilibrio, armonía y simbiosis con los sistemas ecológicos con que se relaciona. La definición espacial de este territorio está fundada en las bases sociales organizadas de la población. El Estado de Chile tiene el deber de actuar en defensa del territorio local definido por sus habitantes, facilitando su constitución y protegiendo los valores, habitus y costumbres asentadas por los habitantes y sus entornos de vecindad, reconocimiento e identidad. Del mismo modo el Estado debe facilitar y respaldar la realización de plebiscitos vinculantes cada vez que proyectos productivos puedan amenazar el equilibrio y armonía de la vida social y el entorno natural del TERRITORIO LOCAL.

Estando el TERRITORIO NACIONAL compuesto por importantes porciones de espacio geográfico de desierto, hielos y selvas de difícil acceso y poblamiento, se establece como criterio territorial zonal para esos espacios, aquellas definiciones de defensa y conservación natural mediante mayorías simples en plebiscitos vinculantes facilitados por el Estado.

El Estado tiene la capacidad de proveer de una plataforma de geosemántica social que facilite y sea el medio oficial para compilar las definiciones territoriales de las personas que deseen participar y votar apreciaciones del sentido de los lugares, una plataforma que permita “hablar a los lugares” a través de las voces de los habitantes incumbentes para el caso de los territorios locales, pero también en un aspecto macro, referido a territorios no habitados como los ya mencionados. Esta plataforma establecida de modo oficial podría ser el soporte para las votaciones programadas con el fin de establecer la vocación productiva o de conservación de los territorios. La nueva Constitución política puede establecer esta plataforma como la voz del territorio oficial, considerando distintos niveles de compromiso: desde un nivel lúdico experimental, a disposición de los ciudadanos activos en generar propuestas territoriales, llegando a un nivel en que las propuestas se votan y consolidan como hechos jurídicos. Esta plataforma debe ser propiedad del Estado, mantenida, perfeccionada y protegida por oficiales informáticos dedicados a este servicio. Se debe descartar el arriendo de esta plataforma a proveedores internacionales, puesto que no existen garantías de un manejo provo de esta información de carácter estratégico y sensible. De este modo, una plataforma geosemántica social puede ser parte de la orgánica constitucional que ordene la manera en que el territorio es definido por los ciudadanos incumbentes.

REFERENCIAS.

1.- Cerda Seguel, Diego (2005): «El mundo según google. Google Earth y la creación del dispositivo geosemántico global». AAInteligencia.cl, Chile. 

2.- Elden Stuart. “Land, terrain, territory”. Progress in Human Geography. 2010;34(6):799-817. doi:10.1177/0309132510362603. Este artículo da pie a un libro titulado The birth of Territory.

3.- Cerda Seguel, Diego (2008). “Tierra, sentido y territorio: la ecuación geosemántica”. En: E.Book, Inclusiva-net #2. Redes digitales y espacio físico, 2008 pp. 10-25. Disponible en: http://medialab-prado.es/article/documentacion_2_encuentro_inclusiva-net

4.- Castells, Manuel (2001). La galaxia internet. Barcelona – Areté.

5.- https://es.wikipedia.org/wiki/Discusi%C3%B3n:Plaza_Baquedano Véase también: 

https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/manifestaciones/en-google-la-plaza-baquedano-ahora-es-la-plaza-de-la-dignidad/2019-11-11/110854.html.

http://www.laizquierdadiario.cl/Plaza-Baquedano-ahora-es-la-Plaza-de-la-Dignidad.

6.- Cerda Seguel, Diego (2014). “Microgeopolítica para la comunidad local: geomántica social y la sublimación del archivo kml de Google Earth”. En: Revista Escaner cultural, N° 170.

7.- Cerda Seguel, Diego (2015). “Mapas digitales y sociedad: geosemántica social, el poder del sentido de lugar”. Polígonos. Revista de Geografía, N° 27. doi: 10.18002/pol.v0i27.3276

8.- Pedregal Mateos, Belen, Laconi, Cesare, et al. (2018) . “Mapa Digital Colaborativo De La Justicia Ambiental En El Agua. Planteamientos Conceptuales Y Debates En Las Primeras Etapas De Su Desarrollo Operativo.” Conference: X Congresso Ibérico de Gestão e Planeamento da Água. Coimbra, Portugal. 

9.- Pedregal Mateos, Belen; Laconi, Cesare; del Moral, Leandro (2018). “La cartografía colaborativa para un cambio social. Análisis de experiencias.” En: López García, |V|.J., Carmona, P., Salom, J. y Albertos, J.M. (Eds.). Tecnologías de la información Geográfica: perspectivas multidisciplinares en la sociedad del conocimiento, Universitat de València, pp. 821-830. España, 2018.

10.- Ardini, Claudia y Nahúm Mirad, Heraldo (2020). “El uso del big data en política o la política del big data”. En: Revista Comunicación y Hombre. Número 16. Argentina Año 2020.

11.- Cerda Seguel, Diego (2020). “LIDAR, El ojo Ctónico”. En: Perro Art Fanzine N° 4. https://issuu.com/perroarte/docs/perro_4

12.- https://es.wikipedia.org/wiki/Ley_org%C3%A1nica_constitucional

Sustentabilidad, Conflicto & «Economía Verde» en otro triángulo existencial: 7 Textos.

Esteban Valenzuela Van Treek.

Director CREASUR UdeC. Vicepresidente FREVS. Presidente Fundaciones PRESENTE y JARDINES BOTÁNICOS COMUNITARIOS. Fue Alcalde y Diputado por Rancagua. Activista Bosques para Cachapoal.

Vivimos en el metarelato del desarrollo como progreso material, crecimiento permanente y bienestar material por consumo. Desde el año 1990 en que nos ligamos a lo verde de manera militante al «vivir» la lluvia ácida que mataba las quebradas en torno a la Fundición Caletones y llegaba hasta Coya y Machalí, los textos de Schumacher, Petra Kelly, Max Neef, Manuel Baquedano, Sara Larraín, Adriana Hofmann, CEPAUR, Leonardo Boff de la Teología de liberación roja y verde (comunitaristas y ambientalistas), nos ayudaron a estructurar pensamiento y al ser alcalde de Rancagua le dimos duro al plan ambiental con un proceso autoregulado en transporte, primeras experiencias de reciclaje y ciclovías, vivero municipal y duplicamos las áreas verdes. Pero lo más importante, con la norteamericana Laura Mullahy, logramos hacer un manual de gestión municipal verde y colocar el tema en la Asociación Chilena de Municipios, que impulsamos desde la Fundación Ebert (FES), la que era liderada por un militante de Los Verdes (siendo ella financiada por el PSD): Elmar Rompcyck, quien escribió el 91 «Crecimiento o Desarrollo» y me mostró en Duisburg lo obrado por municipios con presencia verde y empresas que lograron descontaminar, abrir canales de cementos para que los esteros volvieran a serpentear llenos de biodiversidad, el reciclaje en serio y los jardines salvajes en que se respetara la naturaleza y no se homologara área verde a plaza homogénea, sino más bien la apertura de senderos diversos uniendo parques, esteros y bosques.

Me hice díscolo y disidente temprano. El 93 proclamamos a Max Neef en el auditorium de Rancagua, tocó el piano y rozó el 10% en la ciudad «huasa» y «minera». Con Sara Larraín y Chile Sustentable trabajamos lo territorial y ambiental, y luego con la GIZ como presidente de la Comisión de Minería y Energía del Congreso nos tocó empujar la agencia de ahorro energético y un ministerio que huyera de la mentira de tener que crecer a 8 en matriz energética para lograr la meta productivista del crecimiento a 5. Desde allí y mi vivencia tres años con los mayas (2010 -2012), asumí la idea de complementariedad, evitar la oposición simplona y excluyente de factores, y pasar a otro triángulo de la idea de desarrollo: regresar a prácticas sanas y ancestrales, conservar el máximo con austeridad y visión circular, y progresar con apoyo de tecnología en que los verdes seamos a su vez abiertos a las transformaciones que permitan corresponsabilidad. Lo anterior permea estos siete textos que les comparto:

1.- El Adiós al Municipio que connota en 1998 la experiencia consejista desde lo local incluyendo lo ambiental.

2.- Breve Oración del Amanecer Maya previo al cambio civilizatoria que pasa del agricultor tenso por tener tierra a una época de mayor iluminación si la ciencia se aplica para el buenvivir.

3.- La Patagonia Verde como modelo post extractivista y prefiguración de la Patria Grande Sustentable.

4.- La banalidad de la RSE como mera cooptación y el emplazamiento a las empresas para pasar a lo Veraz, Verde y Vinculado de verdad con las comunidades empoderadas.

5.- La propuesta de gobernanza regional del agua multiactor como alternativa al privatismo neoliberal o a la opacidad del control de agencia estatal.

6.- La posibilidad de rentas regionales para virar a economía verde.

7.- La reseña de mi libro Teoría Triangular del Desarrollo y Pensamiento Y: 40 factores para el Buen Vivir, elaborada por Rafa Domínguez desde Cantabria.

Reflexiones del buen vivir y derechos de la Naturaleza en un contexto de diseños constitucionales

Fernando Viveros Collyer

Filosofo con estudios de pregrado en la Pontificia Universidad Católica de Chile y candidato a Magíster, Universidad de Chile. Académico de varias universidades. Redactor de la opinión pública, Miembro fundador de la comunidad Observatorio Aguas; participante en organizaciones ambientalistas chilenas y españolas.

Mi interés y motivación por el estudio y desarrollo de un pensamiento acerca de lo que se llama el proyecto social del “buen vivir”, y de la propuesta, relacionada con lo anterior, de los “derechos de la Naturaleza”, provienen de un modo de inserción en los movimientos ciudadanos y populares en estos años del siglo XXI en Chile.

Una experiencia importante de esta inserción se encuentra en una percepción que me muestra la ausencia de un proyecto político que presente una imagen país, o un proyecto que imagine una alternativa fuerte respecto de las condiciones contemporáneas de nuestras sociedades.

Alrededor de la palabra “buen vivir” se trata de explorar lo que aparece como ese proyecto alternativo a la actualidad Latinoamericana. Pero me encuentro, ya con cierta frecuencia, que se menciona este “buen vivir” sin ofrecer una comprensión del concepto. De cierta manera ha devenido un locus voci frecuentado por diversas intenciones respecto de los cambios sociales que se proponen respecto de nuestras sociedades. Yo estoy intentando llevar adelante una reflexión que proporcione carne y musculatura al esqueleto de una forma llamada con ese nombre.

Descubro los “derechos de la Naturaleza” como una figura que puede corresponder al pensamiento ambiental o ecológico de la propuesta del buen vivir. Un componente básico de éste se constituye como pensamiento de la experiencia de Naturaleza desde las sociedades del siglo XXI. Estos derechos de la Naturaleza implican, aparentemente, la necesidad de una reflexión que fundamente una cuestión de valores humanos, pero en la forma de una alternativa a un pensamiento antropocentrista que se nos presenta como pensamiento hegemónico.

1.- Los discursos políticos latinoamericanos sobre el buen vivir.

2.- Concepciones del buen vivir híbrido o de cambio de paradigma.

3.- CHILE: Defensa de la Naturaleza en la nueva constitución.

4.- El pluralismo ideológico en el buen vivir.

5.- Consideración del saber indígena en la perspectiva ambiental.

6.- Idea de un proyecto alternativo de sociedad.

7.- Perfomances ambientales de la izquierda en este siglo XXI.

8.- Voces constituyentes.

9.- Panorama constitucional latinoamericano de derechos de la Naturaleza.

10.- Colombia 2016: el río Atrato considerado como sujeto de derechos.

11.- La Naturaleza como Alguien, no como algo.

12.- Año nuevo, nuevas palabras: sumak kawsay y suma qamaña.

13.- El Buen Vivir: Una utopía latinoamericana en el campo discursivo global de la sustentabilidad.

14.- Razones del todo en los rituales del buen vivir.

15.- (Re)pensando una complejidad para el buen vivir.